Visto el expediente para otorgamiento de la autorización administrativa previa y de construcción para la instalación eléctrica que a continuación se describe:
Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.
Domicilio social: A Batundeira, 2, Velle, Ourense.
Denominación: retranqueo LMT en nuevo vial de acceso al Porto Seco.
Situación: ayuntamiento de Monforte de Lemos.
Características técnicas:
1. Retranqueo en el p.k. 2+200 de la LMTA al CT Reigada, a 20 kV con origen en un paso aéreo a subterráneo sobre apoyo de hormigón proyectado nº D57-16 y final en un paso aéreo a subterráneo sobre apoyo de hormigón proyectado nº D57-17; entre los citados pasos aéreos a subterráneos se realizará una línea de media tensión subterránea con una longitud de 81 metros en conductor RHZ-95.
2. Retranqueo en el p.k. 3+600 de la LMTA al CT As Fontes a 20 kV con origen en un apoyo de hormigón existente D42-6-2 y final en el apoyo de hormigón existente nº D42-6-4;
se intercala un apoyo nuevo de hormigón tipo HV13/1000 con una longitud de 268 metros en conductor LA-56.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre (BOE número 310) del sector eléctrico y en el título VII, capítulo II, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE número 310), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y de acuerdo con la Resolución de 19 de febrero de 2014, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG número 54), esta jefatura territorial resuelve:
Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a dichas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en su proyecto y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente, independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de las instalaciones autorizadas.
El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.
Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada, ante el conselleiro de Economía e Industria, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución. También se podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.
Lugo, 18 de diciembre de 2014
Pilar Fernández López
Jefa territorial de Lugo