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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 19 Jueves, 29 de enero de 2015 Pág. 4336

III. Otras disposiciones

Academia Gallega de Seguridad Pública

RESOLUCIÓN de 26 de enero de 2015 por la que se convocan cursos de formación continua para el personal de los cuerpos de la Policía local de los ayuntamientos de Galicia.

Aprobado el programa anual de actividades para el año 2015 de la Academia Gallega de Seguridad Pública (Agasp) por el Consejo Rector en su reunión de 23 de diciembre de 2014, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.2.b) de la Ley 1/2007, de 15 de enero, de la Agasp, se convocan los cursos de formación continua dirigidos a los/las policías locales de Galicia, correspondientes al primer semestre del año 2015, cuyas bases, características y contenido se especifican en los anexos de esta resolución.

A Estrada, 26 de enero de 2015

Luis Menor Pérez
Director general de la Academia Gallega de Seguridad Pública

ANEXO I
Bases

Primera. Destinatarios

Podrán participar en los cursos convocados por esta resolución los/las policías locales de Galicia que se encuentren en situación de servicio activo o excedencia por cuidado de familiares.

La baja laboral por incapacidad temporal impide la participación en las acciones formativas convocadas, por lo que de producirse esta situación los/las interesados deberán comunicarlo a la Agasp de manera inmediata. En el caso de no hacerlo serán penalizados con la no participación en acciones formativas de la Agasp durante un año a contar desde el día siguiente a que se tenga conocimiento del hecho, y en el caso de estar realizando efectivamente un curso no se emitirá diploma alguno del mismo.

Será revisable la admisión de personas en baja laboral por incapacidad temporal cuando la misma venga producida por accidente de trabajo reconocido como tal y la asistencia al curso no interfiera en la recuperación.

En el caso de que queden plazas vacantes, podrá acceder a los cursos personal de las fuerzas y cuerpos de seguridad pública que trabajen en Galicia.

Si las solicitudes para participar en un curso no exceden de 10 personas, la Agasp se reserva la facultad de anular la actividad formativa.

Segunda. Solicitudes

1. El personal que desee participar en los cursos convocados en esta resolución deberá cumplimentar el formulario de matrícula telemática disponible en la página web de la Agasp (htpp://agasp.xunta.es), y no se admitirá ninguna otra forma o modelo de solicitud.

Es preciso que todas las personas que deseen participar en cursos de la Agasp mantengan actualizados sus datos personales, especialmente a la cuenta de correo electrónico y el teléfono móvil, al objeto de posibles comunicaciones. En el supuesto de no ser correctos o exactos dichos datos, la Agasp no es responsable de los posibles perjuicios causados a los interesados.

2. La falsedad u ocultación de datos esenciales para la selección de las personas solicitantes dará lugar a la exclusión automática del curso solicitado, así como a la imposibilidad de participar en ningún otro curso durante el plazo de un año computado desde el momento en que se detecte el hecho.

3. Serán excluidas automáticamente aquellas solicitudes que no tengan cumplimentados correctamente todos los datos para realizar la selección del alumnado, no se ajusten el modelo normativizado o sean presentadas fuera de plazo.

4. En el caso de encontrarse en alguno de los supuestos que a continuación se indican, el/la solicitante deberán remitir a la Agasp, en el mismo plazo establecido para el envío de la solicitud de inscripción, la certificación original o fotocopia legalizada que acredite tal situación (no será preciso si tal documentación ya obra en poder de la Agasp; en este caso deberán comunicarlo en la propia solicitud).

a) Profesionales que estén disfrutando o hayan disfrutado en los dos últimos años de una licencia de maternidad, de un permiso de paternidad, de una reducción de jornada o de una excedencia por cuidado de familiares.

5. Cuando el curso para el que presenta solicitud requiera la presentación de documentación complementaria al objeto de acreditar circunstancias específicas de acuerdo con los criterios de selección, deberá remitir tal documentación por fax (886 20 61 22), por correo electrónico (formación.agasp@xunta.es) o de acuerdo con lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

6. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días naturales desde las 8.00 horas del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG hasta las 14.00 horas de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

7. El número máximo de cursos que se pueden solicitar en esta convocatoria se limita a 5.

En el caso de que una misma persona presente más solicitudes de las permitidas, la Agasp de manera automática elegirá las primeras 5 acciones formativas solicitadas.

8. No está permitida la realización de cursos que tengan simultaneidad de horarios en una o varias sesiones presenciales. Cuando el alumnado tenga conocimiento de que fue seleccionado para un curso que tenga coincidencia horaria con otro en el que ya fue seleccionado debe renunciar a uno de ellos. En el caso de que se compruebe con posterioridad la realización simultánea de varias actividades, no se expedirá certificación de ninguna de ellas, y el/la alumno/a no podrá participar en otros cursos durante un año desde que se detecte este hecho.

Tercera. Criterios generales de selección

Los criterios generales de selección son los que a continuación se indican, sin perjuicio de que en cursos específicos se requieran otros diferentes, lo que se indicará en la ficha de cada acción formativa concreta.

1. Menor número de cursos realizados en la Agasp en los dos últimos años.

2. Por orden de inscripción.

Tendrán preferencia en la selección los/las candidatos/las que estén disfrutando o hayan disfrutado en los dos últimos años de una licencia de maternidad, de un permiso de paternidad, de una reducción de la jornada o de una excedencia para el cuidado de familiares, siempre que cumplan con los requisitos objetivos para ser destinatarios del curso.

Además, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 bis de la Ley 7/2004, para la igualdad de hombres y mujeres, en los cursos, jornadas u otras actividades formativas organizadas o financiadas por la Administración pública gallega se reservará un 50 % de las plazas a mujeres que reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria.

Cuarta. Admisión

1. La Agasp publicará en su página web la relación de personas seleccionadas para participar en cada curso, así como un número adecuado de reservas con, al menos, 10 días naturales antes del inicio de cada curso.

El plazo de presentación de alegaciones será de tres días hábiles desde su publicación.

Los/las alumnos/las seleccionados/as serán informados de su selección a través del correo electrónico y de la mensajería telefónica. Todos aquellos que no figuren en la relación no fueron seleccionados, bien porque ocupan un puesto más alejado en el listado de reservas, bien porque fueron excluidos por algún motivo de los expresados en esta convocatoria, todo de acuerdo con lo previsto en el artículo 59.6.b) de la LRJPAC.

La Agasp se reserva el derecho de solicitar a los ayuntamientos de procedencia todos aquellos datos que considere necesarios para la adecuada realización de la selección.

2. El alumnado seleccionado solo podrá renunciar al curso por causas de fuerza mayor suficientemente justificadas o necesidades del servicio siempre que se acredite documentalmente el hecho alegado por el jefe/la del cuerpo de la Policía local del ayuntamiento en el que trabaje o persona responsable del mismo.

En el caso de cambios de cuadrante o turnos de trabajo, deberán quedar acreditados suficientemente los motivos de los mismos y que se conocieron con posterioridad a la solicitud de inscripción en el curso.

La renuncia debe ser comunicada por escrito a través del modelo que figura en la página web de la Agasp y con una antelación de 3 días hábiles al inicio del curso, con el fin de poder cubrir la vacante.

La renuncia no justificada o la no acreditación documental de la causa que la produce supondrá la exclusión de la persona seleccionada en los siguientes 10 cursos que se convoquen por el Servicio de Formación en Seguridad Pública de la Agasp y en las que la persona figurase como posible destinataria de las mismas, sin contar ediciones repetidas, cursos ya realizados y que, al menos, tengan la misma carga horaria del curso por el que fue penalizada.

Quinta. Asistencia a los cursos

1. Es obligatoria la asistencia con puntualidad a todas las sesiones de los cursos.

Durante la realización de los cursos se llevará un control permanente de la asistencia a través de los sistemas que se establezcan al efecto, pudiendo realizarse controles de asistencia extraordinarios.

Únicamente se autorizará la ausencia por causas justificadas y debidamente acreditadas y en ningún caso podrá superar el 10 % de las horas lectivas.

La ausencia justificada superior al 10 % del total de las horas lectivas supondrá la pérdida del derecho a la expedición del diploma. En el caso de haber una segunda edición del curso en cuestión, el Servicio de Formación en Seguridad Pública podrá valorar la posibilidad de que el/la alumno/a pueda recuperar las horas no realizadas en la edición anterior. En todo caso, para poder valorar esta posibilidad no pueden transcurrir más de seis meses entre una edición y la siguiente.

La falta de asistencia de un número superior al 10 % de las horas lectivas sin justificación o falta de acreditación documental de la causa alegada no solo dará lugar la pérdida del derecho al diploma del curso, sino también a la penalización con la no participación en cursos de la Agasp durante un año, a contar desde el día siguiente al de la finalización del curso.

2. El alumnado asistirá a los cursos con el uniforme reglamentario. En el caso de no hacerlo, y que no exista causa suficientemente justificada, la Agasp podrá impedir la asistencia al curso y no emitirá diploma ni certificado acreditativo alguno.

3. El alumnado que solicite cursos en la modalidad de teleformación deberá disponer de un equipo informático que cumpla los siguientes requisitos técnicos:

a) Ordenador con conexión a internet.

b) Cualquier navegador web con el plugin de flash.

c) Sistema operativo Windows 7.

En el caso de los cursos de teleformación de contenido informático, el/a alumno/a deberá poseer el programa informático del que se va a impartir el curso, no será justificación suficiente de renuncia del curso una vez seleccionado no poseerlo y tal circunstancia será penalizada con la no participación en cursos de la AGASP durante un año, a contar desde la fecha de la renuncia.

Sexta. Certificación

1. Para poder superar los cursos el alumnado deberá superar una prueba de evaluación que se llevará a cabo a la finalización de los mismos.

2. En el caso de los cursos de teleformación o mixtos, para poder superarlos es obligatorio cumplir los siguientes requisitos:

a) Asistencia a las sesiones presenciales que se determinen.

b) Correcta realización de las actividades que el/la tutor/a proponga en el plazo que se determine.

c) Lectura detallada de los contenidos del curso.

d) Superación de las pruebas finales que se establezcan y que se realizarán siempre en una sesión presencial en la Agasp.

Séptima. Desarrollo de los cursos

1. La Agasp podrá suspender la realización de actividades formativas convocadas cuando sea necesario por motivos técnicos o insuficiencia de solicitudes de participación.

2. La Agasp podrá modificar las fechas, horarios, contenidos y desarrollo de los cursos, así como resolver todas las contingencias e incidencias que puedan surgir.

3. La Agasp podrá programar cursos diferentes cuando así venga exigido por circunstancias que afecten a la organización, gestión y docencia.

ANEXO II

Código

Denominación

Plazas

Horas

Fecha de comienzo

Fecha de finalización

Obs.

151009

Educación vial: taller de diseño de recursos didácticos

20

20

26.5.2015

9.6.2015

Tienen preferencia aquellos que acrediten que realizan cometidos de educación vial en sus ayuntamientos

151010

Básico de control de mercancías peligrosas y actuación en accidente

25

20

17.3.2014

27.3.2015

151011

El tacógrafo analógico

25

16

8.6.2015

16.6.2015

151012

Detección de drogas en la conducción

25

15

16.3.2015

17.3.2015

151013

Conducción de motocicletas

16

8

5.5.2015

5.5.2015

151014

Conducción evasiva

20

8

12.5.2015

12.5.2015

151015

Conducción de vehículos en servicio de urgencia

15

16

2.6.2015

3.6.2015

151016

Básico de investigación de accidentes de tráfico. La toma de datos

25

25

16.3.2015

25.3.2015

151017

Operadores de radar

20

20

3.3.2015

5.3.2015

Es necesario que el ayuntamiento haya firmado convenio con la DGT

151042

Operadores de radar

20

20

21.4.2015

23.4.2015

Es necesario que el ayuntamiento haya firmado convenio con la DGT

151018

Falsedad documental en materia de tráfico

25

20

9.3.2015

11.3.2015

151019

Aplicación y páginas web de comprobación en materia de tráfico

25

20

7.4.2015

9.4.2015

Se requiere haber realizado el curso de falsedad documental en materia de tráfico

151020

Casuística de los delitos contra la seguridad vial: aspectos prácticos, modelos. Diligencias

20

25

13.5.2015

27.5.2015

151021

Comunicación de malas noticias

20

16

25.3.2015

26.3.2015

151043

Comunicación de malas noticias

20

16

27.5.2015

28.5.2015

151022

Habilidades sociales en situaciones de estrés

30

20

27.4.2015

29.4.2015

151023

Aspectos psicológicos en mujeres víctimas de violencia de género

30

20

10.3.2015

12.3.2015

151044

Aspectos psicológicos en mujeres víctimas de violencia de género

30

20

15.4.2015

17.4.2015

151024

Conductas predelictivas de menores

30

16

28.4.2015

29.4.2015

151025

Grafopsicoloxía

15

40

11.3.2015

6.4.2015

151026

Grafopsicoloxía criminológica

25

65

15.4.2015

3.6.2015

151027

Habilidades de comunicación e interacción con niños y adolescentes en situaciones de desamparo

20

12

3.6.2015

4.6.2015

151029

Policía administrativa de seguridad ciudadana

25

20

26.5.2015

28.5.2015

151030

Control de ocio nocturno y/o juvenil

25

20

28.4.2015

30.4.2015

151031

Medio ambiente: urbanismo

25

20

4.3.2015

6.3.2015

151032

Medio ambiente: protección del patrimonio

30

8

16.4.2015

16.4.2015

151052

Medio ambiente: protección del patrimonio

30

8

26.3.2015

26.3.2015

151033

Básico de medición de ruidos

20

8

151047

Básico de medición de ruidos

20

8

151034

Avanzado de medición de ruidos

20

16

Requiere haber hecho el básico

151048

Avanzado de medición de ruidos

20

16

Requiere haber hecho el básico

151035

La inspección ocular

25

16

22.4.2015

23.4.2015

151036

Intervención policial con graffiti

25

8

9.3.2015

9.3.2015

151051

Intervención policial con graffiti

25

8

13.4.2015

13.4.2015

151037

Intervención policial con vehículos

20

20

25.3.2015

27.3.2015

151038

Básico en el uso y manejo del bastón policial extensible

20

12

9.4.2015

23.4.2015

151039

Intervención en inmuebles

16

20

24.2.2015

5.3.2015

151050

Intervención en inmuebles

16

20

24.2.2015

5.3.2015

151040

Básico de formación en seguridad y destreza en el manejo del arma de fuego reglamentaria

16

20

6.4.2015

9.4.2015

151053

Avanzado en formación en seguridad y destreza en el manejo del arma de fuego reglamentaria

9

20

26.5.2015

29.5.2015

Requiere haber hecho el básico

151054

Básico de técnicas de tiro policial para la protección

20

8

20.4.2015

27.4.2015

151055

Avanzado de técnicas de tiro policial para la protección

16

12

11.5.2015

25.5.2015

Requiere haber hecho el básico

151056

Tiro policial en situaciones de estrés

12

12

8.6.2015

9.6.2015

Se requiere haber realizado el curso avanzado en el manejo de armas

151057

Introducción al lenguaje de signos

16

20

17.4.2015

28.4.2015

151058

Técnicas de fotografía aplicadas a la función policial

20

20

10.6.2015

12.6.2015

151059

Iniciación a los sistemas de información geográfica para el tratamiento de datos policiales: gvSIG I

50

55

16.3.2015

15.5.2015

Teleformación

151060

Aplicaciones web relacionadas con la información espacial para el tratamiento de datos policiales

50

50

20.4.2015

19.6.2015

Teleformación