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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 27 Martes, 10 de febrero de 2015 Pág. 5925

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (861/2013).

Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber:

Que en el procedimiento ordinario 861/2013 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Mónica Rey Souto contra Instalaciones Eurogas, S.L., sobre ordinario, se ha dictado Sentencia número 434, cuyos encabezamiento y fallo son del tenor literal:

«Sentencia

Santiago de Compostela, 10 de noviembre de 2014

Susana Villarino Moure, magistrada jueza del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, habiendo visto los presentes autos número 861/2013, promovidos ante este juzgado de lo social sobre reclamación de cantidad, a instancia de Mónica Rey Souto, asistida por el letrado Ramón Fernández Neila, contra Instalaciones Eurogas, S.L., que no comparece, y el Fogasa, que no comparece, ha dictado la presente sentencia.

(…)

Fallo

Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda presentada y, en consecuencia, condeno a Instalaciones Eurogas, S.L. a abonar a Mónica Rey Souto 466,16 euros y 54,28 euros en concepto de intereses. Condeno al Fogasa a estar y pasar por esta resolución en los términos del artículo 23.6, inciso primero, de la LRJS.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso de suplicación.

Llévese el original de esta resolución al libro de sentencias y déjese testimonio en las actuaciones.

Así lo acuerdo, mando y firmo.

La magistrada jueza»

Y para que sirva de notificación en legal forma a Instalaciones Eurogas, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 21 de enero de 2015

La secretaria judicial