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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 43 Miércoles, 4 de marzo de 2015 Pág. 8896

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

ORDEN de 19 de febrero de 2015 por la que se aprueba el Plan de gestión de la pesca fluvial del coto de pesca de Parga.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 68 del Reglamento de ordenación de la pesca fluvial y de los ecosistemas acuáticos continentales, aprobado por el Decreto 130/1997, de 14 de mayo, el Servicio Provincial de Conservación de la Naturaleza de Lugo inició el expediente de aprobación del Plan de gestión de la pesca fluvial del coto de Parga en los ríos Parga y Ladroíl, a su paso por el ayuntamiento de Guitiriz en Lugo.

El Plan de gestión de la pesca fluvial del coto de Parga en los ríos Parga y Ladroíl fue sometido a participación pública mediante Resolución de la Jefatura Territorial de Lugo de 24 de octubre de 2014, durante un plazo de 20 días, anunciado en el DOG nº 232, de 3 de diciembre de 2014.

En el plazo de participación pública no se recibieron alegaciones.

En la tramitación del Plan de gestión de la pesca fluvial del coto de Parga fueron oídos el Comité Provincial de Pesca Fluvial de Lugo y el Comité Gallego de Pesca Fluvial. Ambos comités emitieron informes favorables sobre a aprobación del plan.

La tramitación del expediente de aprobación del Plan de gestión de la pesca fluvial del coto de Parga se ajustó a lo establecido en la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial, y al Decreto 130/1997, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la pesca fluvial y de los ecosistemas acuáticos continentales.

Ajustándose a lo establecido en el artículo 68 del Decreto 130/1997, de 14 de mayo, la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras es el órgano competente para la aprobación de los planes de gestión de recursos piscícolas.

En virtud de lo anterior, y en concordancia con lo dispuesto en el artículo 27.15 del Estatuto de autonomía, y en uso de las atribuciones que me confiere la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia,

DISPONGO:

Artículo único. Aprobación del Plan de gestión de la pesca fluvial

Se aprueba el Plan de gestión de la pesca fluvial del coto de Parga.

Disposición adicional única

El contenido íntegro de este plan se podrá consultar en las dependencias de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, sitas en San Lázaro, s/n, en Santiago de Compostela, así como en la página web de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras:
http://www.cmati.xunta.es/ en el apartado de pesca fluvial.

Disposición final

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 19 de febrero de 2015

Ethel María Vázquez Mourelle
Conselleira de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras