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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 69 Martes, 14 de abril de 2015 Pág. 14273

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de Pontevedra

EDICTO (374/2014).

Marina García de Evan, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 4 de Pontevedra, hace saber que en el procedimiento oficio autoridad laboral 374/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de la Tesorería General de la Seguridad Social contra MSP La Goulla, S.L., se ha dictado auto, con fecha 15 de enero de 2015, cuyo fallo literalmente dice:

«Parte dispositiva:

Dispongo:

Tener por desistido a la Tesorería General de la Seguridad Social de su demanda frente a MSP La Goulla, S.L.

Archivar las actuaciones una vez que sea firme esta resolución.

Incorpórese el original al libro de autos, dejando certificación del mismo en el procedimiento de su razón.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que, en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de jurisdicción social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similar, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación. Mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, con expresión de la infracción cometida en la resolución a juicio del recurrente, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida (artículos 186 y 187 de la Ley de jurisdicción social)».

Y para que sirva de notificación en legal forma a MSP La Goulla, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Pontevedra, 23 de marzo de 2015

La secretaria judicial