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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 78 Lunes, 27 de abril de 2015 Pág. 16076

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 7 de abril de 2015 por la que se notifican el acuerdo de incoación y pliego de cargos del expediente sancionador POL/2/2015-RP1 y la orden de suspensión de obras dictada en el expediente POL/2/2015-S1, devueltos por el servicio de Correos por resultar la destinataria ausente en el reparto.

La directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística acordó, el 5 de febrero de 2015, de conformidad con la propuesta de la jefa del Servicio Provincial de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística de Pontevedra, incoar expediente sancionador, entre otros, a Anabel Rubio Pombero, por las obras de construcción de una edificación para uso residencial, en el lugar de Larache, Santa Cristina de Cobres, en el término municipal de Vilaboa (Pontevedra). Asimismo, la directora de la Agencia, el 5 de febrero de 2015, dictó resolución por la que se ordena la suspensión inmediata de las citadas obras.

Al no poderse realizar la notificación personal de dichos acuerdos a Anabel Rubio Pombero, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se le notifican a la interesada dichas resoluciones.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRXPAC los actos no se publican en su integridad, se le comunica a la interesada que el texto íntegro de ambos acuerdos que se notifican se encuentran a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, sita en el Edificio Witland, 1er piso, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo la notificación se entenderá producida.

En relación con el acuerdo de incoación, la interesada dispondrá de un plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a aquel en el que tiene lugar la notificación de esta cédula, para alegar y presentar los documentos e informaciones que considere pertinentes y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretenda valerse.

En relación con la orden de suspensión de obras, se informa de que esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella la interesada puede interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que se produjese la notificación de esta cédula, ante el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, o bien, si no ejerce su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y le sirva de notificación a la citada interesada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la LRJPAC, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 7 de abril de 2015

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística