Por Acuerdo del Pleno de 16 de abril de 2015, en sesión extraordinaria se aprobó definitivamente el Plan especial de dotaciones en el ayuntamiento de Melón para el establecimiento y la ordenación de las infraestructuras básicas relativas al Cruceiro Gordo de Melón. Lo que se publica a efectos del artículo 92.2 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia.
Primero. Aprobar definitivamente el Plan especial de dotaciones en el ayuntamiento de Melón, promovido por el Ayuntamiento de Melón y aprobado provisionalmente el 12.3.2015.
Segundo. Este plan tendrá vigencia indefinida, sin perjuicio de las modificaciones y revisiones necesarias.
Tercero. El acuerdo de aprobación definitiva será publicado, en el plazo de un mes desde su adopción conjuntamente con las ordenanzas, en el Diario Oficial de Galicia y en el BOP. Se hará constar en este anuncio la remisión del expediente completo a la consellería competente.
Cuarto. Remisión a la consellería del expediente completo en copia autenticada de dos ejemplares del plan aprobado definitivamente con los planos y documentos que integran el plan, diligenciados todos por la Secretaría del ayuntamiento.
Quinto. La eficacia del acto de esta aprobación y la entrada en vigor de este plan quedará condicionada al cumplimiento de lo dispuesto en la LOUGA y disposiciones de régimen local.
Este plan entrará en vigor cuando se haya publicado completamente su texto y transcurrido el plazo previsto de la propia ley.
Contra el presente acuerdo, en aplicación del artículo 107.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y dado que aprueba una disposición de carácter general, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que pudiese estimar más conveniente a su derecho.
Melón, 30 de abril de 2015
Mª Cristina Francisco Vilchez
Alcaldesa