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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 133 Jueves, 16 de julio de 2015 Pág. 29817

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 26 de junio de 2015, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se inicia el trámite de competencia para el otorgamiento de la autorización administrativa del ramal de suministro de gas natural en 10 bar a Foz.

A los efectos previstos en el artículo 5 del Decreto 62/2010, de 15 de abril, por el que se regula el trámite de competencia y los criterios de valoración en el supuesto de concurrencia de dos o más solicitudes de autorización administrativa de instalaciones de transporte secundario y distribución de gas natural y redes de distribución de gases licuados del petróleo (GLP), la solicitud relacionada en el cuadro siguiente inicia el correspondiente trámite de competencia.

Datos de la solicitud

Empresa solicitante

Gas Galicia SDG, S.A.

Contenido de la solicitud

Autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración de utilidad pública

Tipo de instalación

Ramal de distribución de gas natural

Denominación del proyecto

Proyecto de autorización y ejecución de instalaciones de la antena de aproximación en MOP 10 bar

Finalidad de la instalación

Suministro de gas natural a la red de distribución del núcleo urbano de Foz (Lugo)

Trazado del ramal

Discurre en su totalidad por el término municipal de Foz. Arranca en la salida de la posición 04 del gasoducto de transporte básico de A Mariña lucense (instalada en el municipio de Foz), discurre por zona expropiada de esta posición y, posteriormente, por viales de titularidad pública hasta llegar al núcleo urbano de Foz, donde se conectará con la futura estación de regulación y medida (ERM), alcanzando una longitud total de 1.715 m

Se abre un plazo de treinta (30) días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, para que:

– Otras empresas distribuidoras de gas natural puedan presentar solicitudes en concurrencia con esta solicitud de Gas Galicia SDG, S.A.

– La empresa Gas Galicia SDG, S.A. pueda completar, si lo considera oportuno, su solicitud.

El trámite de competencia se resolverá a favor de la empresa cuyo proyecto obtenga la mayor puntuación, tras su valoración de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 7 del Decreto 62/2010, de 15 de abril.

Santiago de Compostela, 26 de junio de 2015

Ángel Bernardo Tahoces
Director general de Energía y Minas