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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 160 Lunes, 24 de agosto de 2015 Pág. 34438

III. Otras disposiciones

Instituto Energético de Galicia

RESOLUCIÓN de 17 de agosto de 2015 sobre ampliación de los plazos establecidos en los artículos 2 y 21 de la Resolución de 18 de marzo de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria de subvenciones de ahorro y eficiencia energética para proyectos de renovación de las instalaciones de iluminación pública exterior existentes en los municipios de Galicia (ILE) y con financiación en parte procedente de fondos comunitarios derivados del programa operativo Feder Galicia 2007-2013 (Diario Oficial de Galicia número 60, de 30 de marzo).

En el Diario Oficial de Galicia núm. 139, de 24 de julio de 2015, se publicó la Resolución de 17 de julio de esta dirección por la que se concedieron subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a proyectos de ahorro y eficiencia energética para la renovación de las instalaciones de iluminación pública exterior existentes (ILE) presentados por las entidades locales mencionadas en el anexo de la resolución.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 de las bases reguladoras de las ayudas, el período de ejecución de las actuaciones subvencionadas estará comprendido entre el día 31 de marzo y el 15 de octubre de 2014 y, según lo dispuesto en el artículo 21.3 de las mismas bases, el período para presentar la documentación justificativa de las inversiones por las entidades locales beneficiarias terminará el 31 de octubre de 2015.

El artículo 45.3 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia (DOG núm. 20, de 29 de enero), establece la posibilidad de que el órgano concedente de las subvenciones otorgue, salvo precepto en contra contenido en las bases reguladoras, una ampliación del plazo establecido para presentar la justificación, que no excederá de la mitad de este y siempre que con ello no se perjudiquen derechos de terceros.

Por otra parte, se remite a lo dispuesto con carácter general en el artículo 49 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, publicada en el Boletín Oficial del Estado núm. 285, de 27 de noviembre. La ampliación podrá acordarse de oficio o a instancia de parte, antes del vencimiento del plazo de que se trate y si las circunstancias así lo aconsejan.

En el presente procedimiento de concesión de ayudas están registrándose numerosas solicitudes de prórroga por parte de las entidades locales beneficiarias, motivadas por las dificultades existentes para ejecutar y justificar las inversiones subvencionadas en la referidas fechas límite, por cuestiones presupuestarias, de procedimiento de contratación de las obras y la demora en las entregas de materiales por los proveedores y, además, no existe la posibilidad de causar perjuicios a terceiros.

Por todo lo anterior, sobre la base de los requisitos y condiciones previstos en la normativa anteriormente citada,

DISPONGO:

Primero. Modificar las fechas límite que figuran en los artículos 2 y 21.3 de las bases reguladoras previstas, respectivamente, para la ejecución de las actuaciones y la justificación de las inversiones. Ampliándose el período de ejecución de las actuaciones que se subvencionan hasta el 31 de octubre de 2015 y el período para presentar la documentación justificativa de las inversiones hasta el 15 de noviembre de 2015.

Segundo. Publicar esta resolución en el Diario Oficial de Galicia y en la página web del Instituto Energético de Galicia (www.inega.es), a los efectos previstos en el artículo 59.6.b) Lei 30/1992, de 26 de noviembre.

Tercero. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.3 de la Lei 30/1992, de 26 de noviembre, contra el presente acuerdo no cabe recurso de ningún tipo.

Santiago de Compostela, 17 de agosto de 2015

Ángel Bernardo Tahoces
Director del Instituto Energético de Galicia