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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 163 Jueves, 27 de agosto de 2015 Pág. 34896

III. Otras disposiciones

Consellería de Economía e Industria

ORDEN de 17 de agosto de 2015 por la que se modifica la de 10 de junio de 2015 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, relativas al Plan renove de calderas de alta eficiencia, así como la selección de entidades colaboradoras que participarán en su gestión, y se procede a su convocatoria para el año 2015 (códigos del procedimiento IN422D-IN422E).

La Consellería de Economía e Industria dictó la Orden de 10 de junio de 2015 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, relativa al Plan renove de calderas de alta eficiencia, así como la selección de entidades colaboradoras que participarán en su gestión, y se procede a su convocatoria para el año 2015 (códigos del procedimiento IN422D-IN422E), publicándose en el Diario Oficial de Galicia núm. 119, de 26 de junio de 2015.

El artículo 1 de las bases reguladoras de la Orden de 10 de junio de 2015, relativo al objeto y régimen de las subvenciones, contempla la opción de que la Administración incremente el crédito presupuestario en los supuestos de que se produzca una generación, ampliación o incorporación de crédito o bien existan remanentes de otras convocatorias financiadas con cargo al crédito o créditos incluidos en el mismo programa o en programas del mismo servicio. La publicación de la ampliación de crédito deberá hacerse por los mismos medios que la convocatoria, no implicando la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de un nuevo cómputo de plazo para resolver.

El artículo 3 de las bases reguladoras de la Orden de 10 de junio de 2015, relativo a la financiación y concurrencia, establece que se destinará una cuantía de 500.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria 08.03.733A.780.1 para la concesión de estas ayudas, que tendrán la modalidad de subvención.

Al objeto de atender a un mayor número de solicitudes de ayuda se considera necesario incrementar el crédito presupuestario inicial, por lo que se procede a efectuar una modificación presupuestaria incorporando crédito en la partida 08.03.733A.780.1 por importe de 360.243,52 €.

Por todo ello, y en uso de las facultades que me fueron conferidas,

DISPONGO:

Artículo único

Modificar el artículo 3 de las bases reguladoras de la Orden de la Consellería de Economía e Industria de 10 de junio de 2015 en lo referente al crédito presupuestario de la partida 08.03.733A.780.1, pasando de 500.000,00 euros a la cantidad final de 860.243,52 €.

Santiago de Compostela, 17 de agosto de 2015

Francisco Conde López
Conselleiro de Economía e Industria