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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 176 Martes, 15 de septiembre de 2015 Pág. 36665

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

RESOLUCIÓN conjunta de 3 de septiembre de 2015, de la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia y de la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia, por la que se acuerda la puesta en funcionamiento de Chave365, servicio de claves concertadas de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia.

El servicio a la ciudadanía, principio fundamental de las administraciones públicas según el artículo 3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se complementa en la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia. Del mismo modo, el artículo 4 de la Ley 1/2015, de 1 de abril, de garantía de la calidad de los servicios públicos y de la buena administración, consagra, como otro de los principios fundamentales de la organización administrativa autonómica, la buena administración, la calidad de los servicios públicos y la cercanía con la ciudadanía.

En esta línea, la Orden de 6 de febrero de 2014 por la que se aprueba el protocolo de identificación y firma electrónicas de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, creó el sistema de identificación y firma electrónica Chave365 basado en el uso de claves concertadas.

Este sistema facilita a los usuarios el uso de los servicios electrónicos ofrecidos por la Xunta de Galicia en las actuaciones que concurran circunstancias que hagan aconsejable la admisión de sistemas de identificación y firma electrónicos alternativos. Así, Chave365 permite un acceso ágil y seguro tanto a la información recogida en la carpeta del ciudadano como a la realización de muchos de los trámites disponibles en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, sin la necesidad del uso de certificados electrónicos.

Para utilizar este servicio, las personas interesadas podrán darse de alta en Chave365 electrónicamente en la sede electrónica de la Xunta de Galicia o presencialmente en cualquiera de los órganos o unidades administrativas de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia que realicen las funciones de registro de usuarios Chave365.

La disposición adicional primera de la Orden de 6 de febrero de 2014 por la que se aprueba el protocolo de identificación y firma electrónicas de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, autoriza a la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia para dictar las resoluciones que sean necesarias para el desarrollo y ejecución del protocolo de identificación y firma electrónicas de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia.

En definitiva, una Administración cada vez más próxima requiere, pues, conjugar un conjunto de esfuerzos y sinergias orientadas al logro de la eficacia, la eficiencia en la asignación de recursos, el impulso de la transparencia, la agilización de los procedimientos administrativos y la potenciación del acceso electrónico de la ciudadanía a los servicios públicos. Todo ello en un marco general caracterizado por la calidad, la mejora continua y el impulso de la participación de la ciudadanía en los asuntos públicos.

A la vista de lo expuesto,

ACUERDAN:

Primero. Puesta en funcionamiento de Chave365

Se aprueba la puesta en funcionamiento de Chave365, servicio de claves concertadas de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia.

Segundo. Órganos responsables

La actividad de prestación del servicio es asumida por la Administración general y del sector público autonómico de Galicia como propia.

La titularidad y responsabilidad del servicio Chave365, que se pone en funcionamiento mediante la presente resolución, es de la consellería con competencias en materia de administraciones públicas como titular de la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

La responsabilidad del desarrollo y ejecución del sistema Chave365 corresponderá a la entidad con competencias en administración electrónica. Esta entidad adoptará las medidas necesarias para que la accesibilidad, disponibilidad, integridad y seguridad respondan a las exigencias normativas vigentes.

La Administración general y del sector público autonómico de Galicia dispondrá, en todo caso, de las potestades precisas para asegurar el buen funcionamiento del servicio y garantizar y regular su prestación según lo establecido en la Ley 1/2015, de 1 de abril, de garantía de la calidad de los servicios públicos y de la buena administración.

Tercero. Ámbito de actuación

Chave365 podrá ser utilizado por las personas mayores de edad en los procedimientos administrativos, servicios y actuaciones de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia en los que concurran circunstancias que hagan aconsejable la admisión de sistemas de identificación electrónica alternativos bajo criterios de proporcionalidad, según lo recogido en el artículo 4 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.

La sede electrónica de la Xunta de Galicia recogerá las actuaciones electrónicas en las que es posible el uso de Chave365 como sistema de identificación y firma.

Cuarto. Procedimientos Chave365

Las personas interesadas podrán solicitar el alta, la baja y la modificación de sus datos en Chave365:

1. Por medios electrónicos, a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.es, de conformidad con lo establecido en los artículos 27.6 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, y 24.2 del Decreto 198/2010, de 2 de diciembre, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes. Para la presentación de las solicitudes será necesario el documento nacional de identidad electrónico o cualquiera de los certificados electrónicos reconocidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

2. Presencialmente, en el Registro General de la Xunta de Galicia (edificio administrativo de San Caetano, Santiago de Compostela) y en las restantes oficinas de registro que se habiliten a estos efectos, y que se publicarán en la sede electrónica de la Xunta de Galicia. En este caso, la persona interesada deberá acudir personalmente y acreditar su identidad mostrando el documento nacional de identidad (DNI) o la tarjeta de identidad de extranjero (TIE). Los ciudadanos comunitarios que no tengan la tarjeta de residencia presentarán el Certificado de registro de ciudadanos de la Unión y su pasaporte.

Después de la identificación de las personas interesadas, se desencadenará un proceso automatizado que generará y comunicará una clave de acceso que será enviada al teléfono móvil de la persona solicitante del servicio.

La sede electrónica de la Xunta de Galicia tendrá a disposición de las personas interesadas la información relativa a los distintos mecanismos para la gestión del bloqueo, desbloqueo o regeneración de las claves.

Quinto. Datos de carácter personal

De conformidad con la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, los datos personales recogidos en las solicitudes de Chave365, serán incluidos en un fichero denominado relaciones administrativas con la ciudadanía y entidades con el objeto de la gestión y registro del presente servicio. El órgano responsable de este fichero es la Secretaría General Técnica de la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición se podrán ejercer ante la Secretaría General Técnica de la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, mediante el envío de una comunicación a la siguiente dirección: San Caetano, s/n, 15781 Santiago de Compostela (A Coruña) o a través de un correo electrónico a lopd@xunta.es

Sexto. Formularios de alta, baja y modificación

Se aprueban los modelos normalizados previstos para el alta, baja y modificación en el servicio Chave365, que se incluyen a efectos informativos como anexos I, II y III a esta resolución.

Con el objetivo de mantener adaptados a la normativa vigente los formularios vinculados a Chave365, éstos podrán ser actualizados en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, sin necesidad de publicarlos nuevamente en el Diario Oficial de Galicia, siempre que la modificación o actualización no suponga una modificación sustancial de los mismos. Por consiguiente, para la presentación de las solicitudes será necesario utilizar los formularios normalizados, disponibles en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, donde estarán permanentemente actualizados y accesibles para las personas interesadas.

Séptimo. Entrada en vigor

Esta resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 3 de septiembre de 2015

Alfonso Rueda Valenzuela
Vicepresidente y conselleiro de Presidencia,
Administraciones Públicas y Justicia

Mar Pereira Álvarez
Directora de la Agencia para la
Modernización Tecnológica de Galicia

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