María Isabel Freire Corzo, secretaria judicial de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hace saber que en el procedimiento recurso de suplicación 4022/2014-BB seguido a instancia de Asepeyo, mutua de AT y EP de la seguridad social número 151, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social, P17 Telecomunicaciones, S.L., Gueye Modou Khary, sobre accidente, se ha dictado la siguiente resolución que, copiada en los particulares necesarios, dice así:
«Fallamos que desestimando el recurso de suplicación interpuesto por Asepeyo, mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la seguridad social número 151, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de A Coruña, en juicio instado por Modou Khary Gueye contra la recurrente, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social y la empresa P17 Telecomunicaciones, S.L. la Sala la confirma íntegramente, dando a depósito y consignación, en su caso, el destino reglamentario y condenando a la recurrente a abonar a la letrada impugnante del recurso la cantidad de 601 euros en concepto de honorarios.
Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
Modo de impugnación. Se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina, que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta Sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá efectuar:
– El depósito de 600 euros en la cuenta de 16 dígitos de esta Sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el número 1552 0000 37 seguida de 4 dígitos correspondientes al número del recurso y 2 dígitos del año del mismo.
– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37 o bien presentar aval bancario solidario en forma.
– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de 20 dígitos
0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “Observaciones o Concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 37 **** ++).
Y para que así conste a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, a fin de que sirva de notificación en legal forma a P17 Telecomunicaciones, S.L., en ignorado paradero, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revertir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, expido y firmo el presente edicto.
A Coruña, 17 de septiembre de 2015
La secretaria judicial
