Marta Yanguas del Valle, secretaria judicial de refuerzo del Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento sobre despido/ceses en general 771/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Celsa Sánchez Pardiñas contra Celuisma, S.A., el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), la administración concursal Hoteles de Castilla y León, S.A., Hogalia Patrimonial, S.A., Hoteles de Castilla y León, S.A., The Rioseco Business Corporación Sucursal Madrid, S.A., sobre despido, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
Número de autos: despido/ceses en general 771/2014.
Demandante: Celsa Sánchez Pardiñas.
Demandados: Celuisma, S.A., el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), la administración concursal Hoteles de Castilla y León, S.A., Hogalia Patrimonial, S.A., Hoteles de Castilla y León, S.A., The Rioseco Business Corporación Sucursal Madrid, S.A.
Auto:
Juez: Javier López Cotelo.
A Coruña a cinco de octubre de dos mil quince.
Parte dispositiva:
No ha lugar a la aclaración solicitada.
Contra esta resolución no cabe recurso alguno.
Así lo pronuncio, mando y firmo.
Doy fe.
Y para que conste y sirva de notificación a Hogalia Patrimonial, S.A., en ignorado paradero, se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.
A Coruña, 5 de octubre de 2015
La secretaria judicial