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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 239 Miércoles, 16 de diciembre de 2015 Pág. 47114

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 18 de noviembre de 2015, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Ferrol (expediente IN407A 2015/018-1).

Nº de expediente: IN407A 2015/018-1.

Promotora: Unión Fenosa Distribución, S.A.

Denominación: LMTS, CTC y RBT Covarradeiras y anexo I.

Ayuntamiento: Ferrol.

Hechos:

1. El 20 de enero de 2015 Unión Fenosa Distribución, S.A. solicitó la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública del proyecto de ejecución de la instalación de distribución eléctrica indicada.

2. El proyecto se sometió al trámite de información pública mediante su inserción en el DOG núm. 65, de 8 de abril de 2015, en el BOP núm. 55, de 24 de marzo de 2015, en el periódico La Voz de Galicia el 6 de abril de 2015 y el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Ferrol, según diligencia municipal de 14 de abril de 2015.

3. O 14 de octubre de 2015 la empresa promotora comunicó a esta jefatura territorial que desistía del trámite de declaración de utilidad pública, dado que llegó a un acuerdo amistoso con el único propietario que figuraba en la relación de bienes y derechos afectados.

4. No constan en este expediente alegaciones.

5. Se solicitó el preceptivo informe a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general afectados. El promotor manifestó su conformidad con los condicionados establecidos.

6. Los servicios técnicos de la jefatura territorial emitieron un informe favorable sobre dicha solicitud.

Consideraciones legales y técnicas:

1. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

2. El Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

3. El Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

4. El Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

5. El Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

6. Las características técnicas de la instalación son las siguientes:

• LMT subterránea a CT Covarradeiras, a 15/20 kV con una longitud de 484 m, con la origen en paso aerosubterráneo proyectado a realizar en apoyo nº 99 existente de la LMT SMR-723, tramo entre derivada la CT Cocheras (expediente 7.306) y derivada a CCTT Covas Aldea (expediente 7.306) y Barreiro (expediente 52.288), conductor tipo RHZ1 2OL-12/20 kV 1×240 Al y final en el CT Covarradeiras (proyectado).

• CT prefabricado Covarradeiras, con una potencia de 250 KVA y una relación de transformación de 15.000/400-230 V.

El presupuesto de la instalación según proyecto es de 105.547,54 €.

7. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo indicado, resuelvo:

1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a dicha instalación eléctrica.

2. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia.

3. Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta jefatura territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

• Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo, y las certificaciones u homologaciones, si procede.

• Un certificado del director del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiera, así como de las reglamentaciones y normas oportunas, en el montaje de la instalación y puesta a punto.

4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que fuesen de aplicación según la legislación vigente, en especial la relativa a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación en los términos establecidos en los artículos 107, 100, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.

A Coruña, 18 de noviembre de 2015

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña