Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 242 Lunes, 21 de diciembre de 2015 Pág. 47651

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 1 de diciembre de 2015, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por el que se da publicidad a la Resolución de 17 de noviembre de 2015, de la Dirección General de Desarrollo Rural, por la que se modifica el acuerdo de concentración parcelaria de la zona de Serantes-Niñodaguia (Santiso).

El acuerdo de concentración parcelaria de la zona de Serantes-Niñodaguia (Santiso, A Coruña) fue aprobado por la dirección general competente por razón da materia el 4 de junio de 2010, publicado y notificado en la forma legalmente establecida, y en la actualidad se encuentra pendiente de firmeza.

Con posterioridad a estos actos, el Ayuntamiento de Santiso solicitó la cesión de titularidad de las fincas para los fines que se indican a continuación:

• Finca 17, para comunidad de usuarios depósito agua Serantes.

• Finca 33, para infraestructuras medioambientales/Tecor.

• Finca 160, para saneamiento.

• Finca 268, para ampliación del cementerio de Serantes.

• Finca 271, para aparcamiento de la iglesia de Serantes.

• Finca 517, para aparcamiento del campo de la fiesta.

• Finca 527, para local social/equipamientos colectivos.

• Finca 534, para cementerio nuevo.

• Finca 569, para cargadero de madera.

• Finca 625, para depósito de agua.

Vista la propuesta de la junta local de la zona, la Ley de reforma y desarrollo agrario, de 12 de enero de 1973; la disposición transitoria primera de la Ley 4/2015, de 17 de junio, de mejora de la estructura territorial agraria de Galicia; la Ley 10/1985, de 14 de agosto, de concentración parcelaria para Galicia, modificada por la Ley 12/2001, de 10 de septiembre; la Ley 6/2011, de 13 de octubre, de movilidad de tierras; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en su redacción según la Ley 4/1999, de 13 de enero, y demás disposiciones vigentes de aplicación al caso.

A la vista de los destinos para los que se solicitan las referidas fincas, y respecto de los que son perfectamente subsumibles en el supuesto recogido en el artículo 32 de dicha ley gallega, esta dirección general

RESUELVE:

1º. Modificar el acuerdo de concentración parcelaria de la zona de Serantes-Niñodaguia (Santiso, A Coruña), y adjudicar al Ayuntamiento de Santiso la titularidad de las fincas 17, 33, 160, 268, 271, 517, 527, 534, 569 y 625, que causan baja en el fondo de tierras de la zona, para ser destinadas a los fines que se recogen en la parte expositiva de la presente resolución.

2º. Transcurridos cinco años desde la cesión de las propiedades sin que las fincas fuesen destinadas a los fines para las cuales son adjudicadas, la titularidad de las referidas fincas reverterá sobre el fondo de tierras de la zona, el Patrimonio de la Comunidad Autónoma, la Agencia Gallega de Desarrollo Rural (Agader) u otra entidad que corresponda, según el caso.

3º. Ordenar que a la presente resolución se le dé la oportuna publicidad, sin perjuicio de su notificación al Ayuntamiento de Santiso.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada, ante la persona titular de la Consellería del Medio Rural, en el plazo de un mes, que se contará desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio o de la recepción de la comunicación, según el caso.

A Coruña, 1 de diciembre de 2015

Manuel Rodríguez Vázquez
Jefe territorial de A Coruña