Advertidos errores en la citada orden publicada en el DOG nº 248, de 30 de diciembre de 2015, es necesario efectuar las siguientes correcciones:
– En la página 52323, en el párrafo 3, donde dice: «la) Fomentar la forestación en terrenos no agrícolas.», debe decir: «a) Fomentar la forestación en terrenos no agrícolas.».
– En la misma página en el párrafo 9, donde dice: «…los artículos 12 núm. 1.y), 15…», debe decir: «…los artículos 12 núm. 1.e), 15…».
– En la página 52325, en el punto 1 de artículo 2, donde dice: «apartados c, d, y y g del anexo 2…», debe decir: «apartados c, d, e y g del anexo II…».
– En la página 52329, en el punto 1 del artículo 7, donde dice: «la) Anexo I (coníferas):...», debe decir: «a) Anexo I (coníferas):…».
– En la página 52329, en el primer párrafo del punto 2 del artículo 7, donde dice: «apartados c, d, y y g del anexo II…», debe decir: «apartados c, d, e y g del anexo II…».
– En la página 52331 en el punto 9 del artículo 7, donde dice: «…los artículos 12 núm. 1.y), 15 núms…», debe decir: «…los artículos 12 núm. 1.e), 15 núms…».
– En la página 52334, en el párrafo 6, apartado a) del punto 1 del artículo 9, donde dice: «..., la superficie mínima de actuación por solicitud será de 5 hectáreas...», debe decir: «... la superficie mínima de actuación por solicitud será de 3 hectáreas...».
– En la misma página en el párrafo 7, apartado b) del punto 1 del artículo 9, donde dice: «..., la superficie mínima de actuación por solicitud será de 10 hectáreas...», debe decir: «...la superficie mínima de actuación por solicitud será de 3 hectáreas...».
– En la misma página en el párrafo 8, apartado c) del punto 1 del artículo 9, donde dice: «..., la superficie mínima de actuación por solicitud será de 12,5 hectáreas...», debe decir: «...la superficie mínima de actuación por solicitud será de 3 hectáreas...».
– En la página 52335, en el punto 2 del artículo 9, donde dice: «la) La superficie máxima…», debe decir: «a) La superficie máxima…».
– En la página 52336, en el punto 6 del del artículo 10, donde dice: «…Consellería de medio Rural…», debe decir: «Consellería del Medio Rural…».
– En la página 52337, en el punto 2 del artículo 11, donde dice: «Dentro de cada una de las líneas anteriores se establecerá un orden de prioridad según la siguiente prelación.», debe decir: «Se establecerá un orden de prioridad según la siguiente prelación.».
– En la misma página, se suprime la totalidad del primer apartado a) del punto 2 del artículo 11 (Desde el párrafo «a) Por especie:» hasta el párrafo también suprimido «2.3 Comunidades vecinales en mano común: 10 puntos»).
– En la página 52338 en el párrafo 7, donde dice: «f) Monte con instrumento de gestión registrado: 10 puntos (Orde del 12 de junio de 1998 por la que se crea el Registro de Proyectos de Ordenación y Planes Técnicos de Gestión de Montes).», debe decir: «f) Monte con proyecto de ordenación inscrito en el Registro de montes ordenados (artículo 126 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia y según el Decreto 52/2014, de 16 de abril, por el que se regulan las instruciones generales de ordenación y de gestión de montes de Galicia): 10 puntos».
– En la páxina 52338 después del párrafo 11, apartado j) se añaden los apartados k) y l) siguientes:
«k) Zonas de alto riesgo de incendio forestal (Orden de 18 de abril de 2007 por la que se zonifica el territorio con base a riesgo espacial de incendio forestal): hasta 10 puntos.».
«l) Actuación en zona clasificada como Red Natura 2000: hasta 10 puntos.».
– En la página 52339 donde dice: «la) % de reinversión…», debe decir: «a) % de reinversión…».
– En la misma página el párrafo 6, apartado b) del punto 5, donde dice: «b) % del límite del monte deslindado», debe decir: «b) Mayor superficie de actuación.».
Asimismo, en la misma página en el mencionado punto 5 se añaden los párrafos 7 y 8, apartados c) y d):
«c) Mayor número de comuneros.».
«d) En el caso de seguir empatados, por mayor superficie clasificada del monte.».
– En la página 52351 se suprime el párrafo 5, apartado h):
«h) Justificación por parte del beneficiario, previamente declarada, de no estar sujeto a la exención del impuesto emitida por la AEAT».
– En la página 52351, en el punto 1 del artículo 19, donde dice: «la) Obtención…», debe decir: «a) Obtención…».
– En la página 52353, en el punto 3 del artículo 19, donde dice: «… en los cuáles el impoerte…», debe decir: «… en los cuales el importe…».
– En la misma página 52353, en el artículo 20, donde dice: «Artículo 20. Controis», debe decir: «Artículo 20. Controles».
– En la página 52355, en el punto 1 artículo 24, donde dice: «la) Podas de formación y de calidad.», debe decir: «a) Podas de formación y de calidad.».
– En la página 52359 en el anexo II, donde dice: «B7 Castaño Castanea sativa Mill.», debe decir: «B7 Castaño Castanea sativa Mill. (*)» y donde dice: «B8 Castaño híbrido Castanea X hybrida (resistente tinta)», debe decir: «B8 Castaño híbrido Castanea X hybrida (resistente tinta)(*)».
– En la página 52359 en el anexo II se suprimen los siguientes párrafos:
«B28 Castaño Injertado Castanea spp».
«(Injerto de las variedades «Amarelante», «Famosa», «Garrida», «Longal», «De Pared», «Ventura», «Negral» y «Judía, así como de las variedades de buena actitud polinizadora «Negral», «Picona», «Tardía» y «Rapada)».