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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 25 Lunes, 8 de febrero de 2016 Pág. 4304

I. Disposiciones generales

Parlamento de Galicia

ACUERDO de 12 de enero de 2016, de la Mesa del Parlamento de Galicia, por el que se modifica el Reglamento de las distinciones y condecoraciones.

La Mesa del Parlamento de Galicia, en la reunión de 12 de enero de 2016,

DISPONE:

Artículo único.

Modificación del Reglamento de las distinciones y condecoraciones del Parlamento de Galicia:

Uno. Se modifica el segundo párrafo del artículo 7 del Reglamento de las distinciones y condecoraciones del Parlamento de Galicia, que queda redactado de la forma siguiente:

«Cuando el miembro de la mesa finalice en su condición, recibirá una reproducción en color dorado de la medalla que corresponda a su cargo institucional en la mesa, y posteriormente la podrán lucir en todos aquellos actos protocolarios que organicen los servicios de la Cámara».

Dos. Se modifica el artículo 12 del Reglamento de las distinciones y condecoraciones del Parlamento de Galicia, que queda redactado de la forma siguiente:

«Artículo 12

Junto con la medalla, la persona o institución distinguida recibirá una reproducción exacta de la misma en miniatura, como insignia o broche plateados, y se le entregará el correspondiente título en pergamino para acreditar el otorgamiento de esta distinción, que será autorizado con la firma del presidente o presidenta del Parlamento de Galicia».

Tres. Se modifica el punto «La insignia de diputada o diputado» del anexo I del Reglamento de las distinciones y condecoraciones del Parlamento de Galicia, que queda redactado de la forma siguiente:

«ANEXO I

La insignia de diputada o diputado

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Realizada en plateado.

Diámetro total: 1,5 cm.

Grosor de la insignia: 2 mm.

Grosor incluyendo el relieve: 2,5 mm».

Cuatro. Se modifica el anexo II del Reglamento de las distinciones y condecoraciones del Parlamento de Galicia, que queda redactado de la forma siguiente:

«ANEXO II

La medalla del Parlamento de Galicia

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Materiales:

– Grabado en relieve.

– Aleación metálica.

– Chapado en dorado con detalles destacados en nácar o porcelana.

Dimensiones:

– Diámetro total: 7 cm.

– Grosor de la medalla: 2 mm.

– Grosor incluyendo el bisel: 4 mm.

– Ancho del bisel: 0,15 mm».

Disposición final única. Entrada en vigor

Esta modificación entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 12 de enero de 2016

Miguel Ángel Santalices Vieira
Vicepresidente primero