La Mesa del Parlamento de Galicia, en la reunión de 12 de enero de 2016,
DISPONE:
Artículo único.
Modificación del Reglamento de las distinciones y condecoraciones del Parlamento de Galicia:
Uno. Se modifica el segundo párrafo del artículo 7 del Reglamento de las distinciones y condecoraciones del Parlamento de Galicia, que queda redactado de la forma siguiente:
«Cuando el miembro de la mesa finalice en su condición, recibirá una reproducción en color dorado de la medalla que corresponda a su cargo institucional en la mesa, y posteriormente la podrán lucir en todos aquellos actos protocolarios que organicen los servicios de la Cámara».
Dos. Se modifica el artículo 12 del Reglamento de las distinciones y condecoraciones del Parlamento de Galicia, que queda redactado de la forma siguiente:
«Artículo 12
Junto con la medalla, la persona o institución distinguida recibirá una reproducción exacta de la misma en miniatura, como insignia o broche plateados, y se le entregará el correspondiente título en pergamino para acreditar el otorgamiento de esta distinción, que será autorizado con la firma del presidente o presidenta del Parlamento de Galicia».
Tres. Se modifica el punto «La insignia de diputada o diputado» del anexo I del Reglamento de las distinciones y condecoraciones del Parlamento de Galicia, que queda redactado de la forma siguiente:
«ANEXO I
La insignia de diputada o diputado
Realizada en plateado.
Diámetro total: 1,5 cm.
Grosor de la insignia: 2 mm.
Grosor incluyendo el relieve: 2,5 mm».
Cuatro. Se modifica el anexo II del Reglamento de las distinciones y condecoraciones del Parlamento de Galicia, que queda redactado de la forma siguiente:
«ANEXO II
La medalla del Parlamento de Galicia
Materiales:
– Grabado en relieve.
– Aleación metálica.
– Chapado en dorado con detalles destacados en nácar o porcelana.
Dimensiones:
– Diámetro total: 7 cm.
– Grosor de la medalla: 2 mm.
– Grosor incluyendo el bisel: 4 mm.
– Ancho del bisel: 0,15 mm».
Disposición final única. Entrada en vigor
Esta modificación entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 12 de enero de 2016
Miguel Ángel Santalices Vieira
Vicepresidente primero