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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 34 Viernes, 19 de febrero de 2016 Pág. 6461

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 19 de enero de 2016, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Cedeira (expediente IN407A 2015/274-1).

Expediente: IN407A 2015/274-1.

Promotora: Unión Fenosa Distribución, S.A.

Denominación de la instalación: retranqueo CT Castro.

Ayuntamiento: Cedeira.

Hechos.

1. El 16 de septiembre de 2015 Unión Fenosa Distribución, S.A. solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la instalación de distribución eléctrica indicada.

2. El proyecto se sometió al trámite de información pública mediante su inserción en el DOG núm. 223, de 23 de noviembre de 2015 y en el BOP núm. 216, de 11 de noviembre.

3. Se solicitó el preceptivo informe a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general afectados. El promotor manifestó su conformidad con los condicionados establecidos.

4. Los servicios técnicos de la jefatura territorial emitieron un informe favorable sobre dicha solicitud.

Consideraciones legales y técnicas.

1. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

2. El Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

3. El Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

4. El Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

5. El Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

6. Las características técnicas de la instalación son las siguientes:

– Línea de media tensión aérea (actuación nº 1), a 20 kV, con una longitud de 0,048 km, con el origen en el apoyo nº 40/77 proyectado a intercalar en la LMT MEA-815, en el tramo entre la derivada al CT Candales (expediente 50897) y el CT Castro (expediente 50897) a retirar, en conductor LA-110 mm2 Al, y final en el apoyo nº 40/78 existente de la LMT MEA-815, en el tramo entre el CT Castro (expediente 50897) a retirar y el punto frontera entre la línea MEA-815 y la línea CDR-806.

– Línea de media tensión aérea (actuación nº 2), a 20 kV, con una longitud de 0,007 km, con la origen en el apoyo nº 40/77 proyectado a intercalar en la LMT MEA-815, en el tramo entre la derivada al CT Os Candales (expediente 50897) y el CT Castro (expediente 50897) a retirar, en conductor LA-56 mm2 Al, y final en el nuevo CT intemperie Castro.

– Centro de transformación intemperie, con una potencia de 50 KVA y una relación de transformación de 20.000/400-230 V.

– El presupuesto de la instalación según el proyecto es de 21.051,54 €.

7. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo indicado,

RESUELVO:

1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a dicha instalación eléctrica.

2. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día seguinte al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia.

3. Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta jefatura territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

• Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo, y las certificaciones u homologaciones, si procede.

• Un certificado del director del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiera, así como de las de las reglamentaciones y normas oportunas, en el montaje de la instalación y puesta a punto.

4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que fuesen de aplicación según la legislación vigente, en especial la relativa a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación en los términos establecidos en los artículos 107, 100, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.

A Coruña, 19 de enero de 2016

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña