Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 39 Viernes, 26 de febrero de 2016 Pág. 7238

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

EXTRACTO de la Orden de 5 de febrero de 2016 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para el libro gallego, en lo que se refiere a la traducción a otras lenguas de obras publicadas originariamente en gallego y a la traducción al gallego de obras publicadas originariamente en otras lenguas, y se procede a su convocatoria para el año 2016.

BDNS (Identif.): 300999

Objeto: ayudas a la producción editorial para apoyar el libro gallego, en lo que se refiere a la traducción a otras lenguas de obras publicadas originariamente en gallego y a la traducción al gallego de obras publicadas originariamente en otras lenguas.

Cuantía: la cuantía máxima adjudicada por medio de esta orden asciende a doscientos mil euros (200.000,00 euros). Año 2016: 90.000,00 euros. Año 2017: 110.000,00 euros, del siguiente modo:

A. Para la traducción desde otras lenguas al gallego se destina el 60 % del presupuesto total previsto, por lo que se asigna una cuantía de 120.000 euros.

B. Para la traducción desde el gallego a otras lenguas se destina el 40 % del presupuesto total previsto, por lo que se asigna una cuantía de 80.000 euros.

C. Quedarán excluidos de estas ayudas aquellos proyectos que, después de aplicado el baremo previsto en esta orden, alcancen una puntuación inferior al 50 % del máximo total.

D. La cuantía se fija en 20 euros por página, como máximo.

E. El cómputo y la determinación de la cuantía se realizará sobre una página estándar de 30 líneas por 60 caracteres, para un total de 1.800 caracteres.

F. La ayuda no puede superar, en ningún caso, los 6.000 euros.

Solicitantes: podrán optar a estas ayudas todas aquellas entidades que acrediten su condición de editoras, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.b) de las bases.

Justificación: la cuantía correspondiente a la primera anualidad (45 % del presupuesto total) se librará antes de 1 de noviembre de 2016, tras la aceptación de la ayuda por parte del beneficiario y de la entrega de una fotocopia compulsada del contrato firmado con el traductor, que tendrá fecha posterior a la publicación de esta orden en el DOG. Para el pago de la segunda anualidad (55 % del presupuesto total) debe presentarse, antes del 1 de noviembre de 2017, la factura junto con el justificante del pago realizado al traductor, así como cinco ejemplares de la traducción editada, la factura y el justificante del pago a la imprenta, donde quede acreditado que la tirada se corresponde con lo manifestado en la solicitud.

Santiago de Compostela, 5 de febrero de 2016

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria