Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 57 Miércoles, 23 de marzo de 2016 Pág. 10638

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

RESOLUCIÓN de 16 de marzo de 2016, de la Secretaría General para el Deporte, por la que se modifica la convocatoria contenida en la Resolución de 5 de noviembre de 2015 por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a clubs deportivos, sociedades anónimas deportivas y agrupaciones deportivas escolares de Galicia, para la realización de actividades deportivas.

La convocatoria contenida en la Resolución de la Secretaría General para el Deporte, de 5 de noviembre de 2015, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a clubs deportivos, sociedades anónimas deportivas y agrupaciones deportivas escolares de Galicia, para la realización de actividades deportivas (DOG núm. 217, de 13 de noviembre), establece en su artículo 5.1 el importe máximo del crédito destinado a atender este procedimiento subvencional.

Debido a necesidades de ajuste presupuestario de la Secretaría General para el Deporte derivadas de la estimación de recursos de reposición interpuestos por entidades deportivas solicitantes en convocatorias anteriores, es necesario proceder a la minoración de los créditos establecidos inicialmente.

En virtud de lo expuesto, esta secretaría general

RESUELVE:

Modificar la convocatoria y redactar el artículo 5.1 de la misma, contenida en la Resolución de la Secretaría General para el Deporte, de 5 de noviembre de 2015, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a clubs deportivos, sociedades anónimas deportivas y agrupaciones deportivas escolares de Galicia, para la realización de actividades deportivas, de la siguiente forma:

«5.1. La concesión de subvenciones reguladas en esta resolución será atendida con cargo a la aplicación presupuestaria 04.40.441A.481.0 del ejercicio presupuestario del año 2016, hasta un importe máximo de 1.970.000,00 € (un millón novecientos setenta mil euros). Este importe podrá ser ampliado en el caso de existencia de crédito en la aplicación presupuestaria en el momento de la resolución según lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia.

La cuantía referida se distribuirá de la siguiente forma:

a) A clubs deportivos y sociedades anónimas deportivas, 1.850.000,00 € (un millón ochocientos cincuenta mil euros), estableciéndose la ayuda máxima por beneficiario en 29.999,00 €.

b) A las agrupaciones deportivas escolares, 120.000 € (ciento veinte mil euros), estableciéndose la ayuda máxima por beneficiario en 15.000 euros».

Esta resolución entrará en vigor el mismo día da su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 16 de marzo de 2016

José Ramón Lete Lasa
Secretario general para el Deporte