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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 63 Lunes, 4 de abril de 2016 Pág. 11974

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 4 de marzo de 2016, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Santiago de Compostela (expediente IN407A 2015/590-1).

Expediente: IN407A 2015/590-1.

Promotor: Unión Fenosa Distribución, S.A.

Denominación de la instalación: LMTS y CCTT SUNP11-Castiñeiriño.

Ayuntamiento: Santiago de Compostela.

Hechos:

1. El 23 de noviembre de 2015, el promotor solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la instalación de distribución eléctrica indicada.

2. El proyecto se sometió al trámite de información pública mediante su inserción en el DOG de 8 de febrero y en el BOP de 27 de enero de 2016.

3. Se solicitó el preceptivo informe a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general afectados. El promotor manifestó su conformidad con los condicionados establecidos.

4. Los servicios técnicos de la jefatura territorial emitieron un informe favorable sobre dicha solicitud.

Consideraciones legales y técnicas:

1. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

2. El Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

3. El Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

4. El Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condicións técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

5. El Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

6. Las características técnicas de la instalación son las siguientes:

– Línea de media tensión subterránea, a 20 kV, con una longitud de 0,100 km, con origen en la entrada y salida en la LMT SNT801 entre el CT 15CHFY Souto Paz CT1 (expediente 057/08) y el CT 15 SJGH Virxe Branca CT1 (expediente 054/11), conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 1×240 mm2 Al y final en el nuevo CT nº 1 proyectado.

– Línea de media tensión subterránea, a 20 kV, con una longitud de 0,240 km, con el origen en la entrada y salida en la LMT SNT801 entre el CT 15SJGH Virxe Branca CT1 (expediente 054/11) y el CT 15SJGC Constantino Limia CT2 (expediente 054/11), conductor tipo RHZ1-20L 12/20 dV 1×240 mm2 Al y final en el nuevo CT nº 2 proyectado.

– Centros de transformación prefabricados subterráneos, CT1 y CT2, con una potencia de 400 kVA cada uno y una relación de transformación de 20.000/400 V.

El presupuesto de la instalación, según el proyecto, es de 106.911,99 €.

7. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo indicado,

RESUELVO:

1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a la instalación eléctrica denominada LMTS y CCTT SUNP11-Castiñeiriño.

2. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día seguinte al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia.

3. Para la puesta en funcionamento de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta jefatura territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

– Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo, y las certificaciones u homologaciones, si procede.

– Un certificado del director del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiera, así como de las reglamentaciones y normas oportunas, en el montaje de la instalación y puesta a punto.

4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, en los términos establecidos en los artículos 107, 100, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.

A Coruña, 4 de marzo de 2016

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña