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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 75 Miércoles, 20 de abril de 2016 Pág. 14514

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Infraestructuras y Vivienda

ANUNCIO de 30 de marzo de 2016, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por el que se notifica a la persona interesada el requerimiento de pago en relación con el procedimiento por falta de pago P-007/16.

De conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, después de que se intentase en dos ocasiones la notificación personal en el último domicilio conocido, se notifica a la persona interesada el requerimiento de pago que se detalla en el anexo. La eficacia de este anuncio queda supeditada a su publicación en el TEU del BOE.

Pontevedra, 30 de marzo de 2016

José Luis Díez Yáñez
Jefe territorial de Pontevedra

ANEXO

Expediente: P-007/16.

Nombre: María Sabrina Santana Suárez

Dirección: calle Conde Torrecedeira, 73, 4º A, 36202 Vigo.

Asunto: requerimiento de pago.

Deuda: 934,14 €.

Indicación del contenido: de acuerdo con el artículo 82 de la Ley 8/2012, de 29 de junio, de vivienda de Galicia, le requerimos para el pago de diez recibos de alquiler por un importe total de 573,50 €, un recibo de IBI fraccionado por un importe total de 268,13 € (cuatro recibos de 50 € y uno de 68,13 €) y un recibo de la tasa de agua y basura de 92,51 €, relativos a la vivienda que tiene adjudicada en régimen de alquiler y correspondientes al período comprendido entre el 1.1.2014 y el 1.1.2016, ambos incluidos.

Se le concede un plazo de quince (15) días hábiles para que se ponga al día en sus obligaciones, procediendo al pago del referido importe en cualquiera de las oficinas de Abanca, o se presente en trámite de audiencia en esta área provincial con el fin de adjuntar los documentos o justificaciones que estime convenientes.

Le advertimos que, en el caso de no atender este requerimiento, se procederá a la resolución del contrato con el consiguiente lanzamiento para su posterior adjudicación a otros beneficiarios.