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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 96 Lunes, 23 de mayo de 2016 Pág. 19781

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 555/2016-MCR).

Yo, M. Asunción Barrio Calle, letrada de la Administración de justicia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 555/2016 MCR de esta sección, seguido a instancia de María Josefa Lorenzo Varela contra Tortoni, S.L.; Javier Antonio Álvarez Poch, Cocimanía Noroeste, S.L.; Financial Developed Arabia Saudi, S.L.; Técnicos Hosteleros del Noroeste, S.L.; Rodríguez Porven Bernabé, S.L., Soros Investiment Corporation Spain, S.L., Emilio Suárez de Ron, Orzapub, S.L. y el Fogasa, sobre incidentes de ejecución, se ha dictado resolución cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

«Desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por la representación letrada de María Josefa Lorenzo Varela contra el auto del Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña, de 15 de mayo de 2015, en autos nº 300/2014-ejecución nº 182/2014, que confirmamos.

Incorpórese el original de esta sentencia, por su orden, al libro de sentencias de este TSJ de Galicia, Sala de lo Social.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de los diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el nº 1552 0000 37, seguida de los cuatro dígitos correspondientes al nº del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena, deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37, o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo de observaciones o concepto de la transferencia los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 ó 37 **** ++).

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Financial Developed Arabia Saudi, S.L., Rodríguez Porven Bernabe, S.L.; Soros Investiment Corporation Spain, S.L., Emilio Suárez de Ron y Orzapub, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el DOG.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 22 de abril de 2016

La letrada de la Administración de justicia