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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 113 Miércoles, 15 de junio de 2016 Pág. 24347

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

ORDEN de 9 de junio de 2016 por la que se adaptan y se habilitan electrónicamente los procedimientos administrativos de plazo abierto de la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

El 27 de febrero de 2014 el Consello de la Xunta aprobó el Plan de agilización administrativa 2014-2016 (Plan Achega) con el objetivo de conseguir una Administración más ágil, eficiente y próxima en sus relaciones con la ciudadanía.

Este plan recoge una serie de medidas concretas destinadas a revisar en el período 2014-2016 los procedimientos administrativos que la Administración gallega pone a disposición de los ciudadanos en la Guía de procedimientos y servicios, para mejorarlos, simplificarlos y posibilitar su presentación electrónica, como garantía del principio de celeridad que la Administración gallega asume dentro de sus compromisos de actuación.

Como primera actuación contenida en el Plan Achega, el 2 de mayo de 2014 (DOG núm. 83) se publicó el Decreto 48/2014, de 30 de abril, por el que se autoriza al vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia para adaptar e incorporar a la sede electrónica los procedimientos administrativos de la Xunta de Galicia.

En este decreto se estableció, además, que mediante orden del vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Pública y Justicia se adaptarán los procedimientos administrativos, previamente revisados y simplificados, a lo dispuesto en las guías para la habilitación de procedimientos aprobadas por el Consello de la Xunta de 25 de abril de 2013, actualizadas con posterioridad y, en su caso, se habilitará su presentación electrónica en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Esta medida fue configurada como una línea prioritaria de actuación por el Gobierno gallego, puesto que existen procedimientos administrativos que, por estar regulados en normas anteriores a la puesta en funcionamiento de la sede electrónica de la Xunta de Galicia (Orden de 15 de septiembre de 2011, DOG núm. 138, de 23 de septiembre) aún recogían la presentación exclusivamente presencial por parte de sus personas destinatarias. Además, también se requería determinada documentación que la legislación vigente ya no permite solicitar y a la cual la Administración gallega ya puede acceder directamente mediante la plataforma de interoperabilidad administrativa.

En este marco, y desde el inicio del Plan Achega, los trabajos de revisión y habilitación en la sede electrónica fueron los siguientes:

– Mediante la Orden de 2 de julio de 2014 (DOG núm. 132, de 14 de julio), fueron adaptados e incorporados a la sede electrónica de la Xunta de Galicia 58 procedimientos de plazo abierto de la Presidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, después de revisar un total de 99.

– A través de la Orden de 22 de abril de 2015 (DOG núm. 77, de 24 de abril), 109 procedimientos de la Consellería de Medio Rural y del Mar se habilitaron electrónicamente después de revisar un total de 145.

– A través de la Orden de 31 de julio de 2015 (DOG núm. 146, de 4 de agosto), 42 procedimientos de la Consellería de Trabajo y Bienestar de un total de 88 fueron incorporados para su presentación electrónica.

– A través de la Orden de 22 de octubre de 2015 (DOG núm. 204 , de 26 de octubre), 51 procedimientos de la Consellería de Economía, Empleo e Industria fueron incorporados a la sede electrónica de un total de 225.

– A través de la Orden de 7 de abril de 2016 (DOG núm. 69, de 12 de abril), 48 procedimientos de la Consellería de Infraestructuras y Vivienda fueron incorporados a la sede electrónica de un total de 95.

A continuación, y siguiendo la planificación establecida, se llevó a cabo la revisión de todos los procedimientos, tanto de plazo abierto como de plazo cerrado correspondientes a la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio que, por estar regulados en normas anteriores a la puesta en funcionamiento de la sede electrónica de la Xunta de Galicia aún no les fueron aplicadas las pautas de simplificación existentes en la actualidad.

En concreto, fueron revisados un total de 86 procedimientos, lo que dio como resultado lo siguiente:

– 39 procedimientos fueron dados de baja por no ser utilizados o por estar obsoletos. En concreto, 21 corresponden a procedimientos de plazo abierto y 18 a procedimientos de plazo cerrado.

– 46 procedimientos fueron preparados para admitir su disponibilidad electrónica a través de la presente orden. Además, hay que destacar que 15 de estos procedimientos son nuevos y derivan de 4 ya existentes que fueron desglosados con la finalidad de clarificar y facilitar su uso y tramitación por los ciudadanos.

– 1 procedimiento ya fue incorporado a la sede electrónica a través de su propia regulación normativa específica.

Así pues, a partir de la entrada en vigor de esta orden, un total de 46 procedimientos nuevos estarán disponibles electrónicamente, lo que contribuirá a seguir profundizando en el impulso de unas relaciones más ágiles, simples y fluidas entre la Xunta de Galicia y el conjunto de los ciudadanos.

Como alternativa, en 40 de ellos también se podrán presentar las solicitudes en soporte papel en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa vigente en materia de procedimiento administrativo común, utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

En los 6 restantes, la sede electrónica se configura como el canal de uso obligatorio para la presentación de las solicitudes por tener como únicos destinatarios a las entidades locales, donde su capacidad profesional está garantizada.

Además, la Xunta de Galicia puso recientemente a disposición de las unidades tramitadoras de procedimientos administrativos un sistema para realizar el envío y la gestión de notificaciones electrónicas, con generación de comprobantes de la entrega por la persona emisora y la recepción por la persona destinataria, conforme a la normativa vigente.

De este modo, en los 46 procedimientos habilitados con la presente orden las personas interesadas podrán manifestar su voluntad de que las notificaciones que se practiquen sean realizadas de forma electrónica.

A la vista de lo expuesto y en uso de las facultades que me confiere el artículo 34 y 38 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia, y de conformidad con lo establecido en el Decreto 48/2014, de 30 de abril,

DISPONGO:

Artículo 1. Objeto

1. La presente orden tiene por objeto adaptar y habilitar la presentación electrónica de solicitudes de los procedimientos administrativos de plazo abierto de la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio que figuran en el anexo de esta orden.

2. Asimismo, para dichos procedimientos se suprime la exigencia de la documentación que, de acuerdo con la legislación vigente, no se puede solicitar para su tramitación o a la cual la Administración gallega puede acceder directamente mediante la plataforma de interoperabilidad administrativa.

Artículo 2. Presentación de solicitudes

1. Las solicitudes deberán presentarse preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.es), de conformidad con lo establecido en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común. Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidas por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.es/llave365).

2. Opcionalmente, también se podrán presentar las solicitudes en soporte papel en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común, utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

3. En aquellos procedimientos que tengan como destinatarias a las entidades locales, la presentación de solicitudes será exclusivamente electrónica.

Artículo 3. Documentación

1. La documentación complementaria, que figura en el anexo de solicitud de cada procedimiento, se presentará electrónicamente utilizando cualquier procedimiento de copia digitalizada del documento original. En este caso, las copias digitalizadas presentadas garantizarán la fidelidad con el original bajo la responsabilidad de la persona solicitante o representante. La Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada según lo dispuesto en los artículos 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso de los ciudadanos a los servicios públicos, y 22.3 del Decreto 198/2010, de 2 de diciembre, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes.

2. La documentación complementaria también podrá presentarse en formato papel en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa vigente en materia de procedimiento administrativo común.

3. Las copias de los documentos disfrutarán de la misma validez y eficacia que sus originales siempre que exista constancia de que sean auténticas.

4. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, la persona interesada o representante deberá mencionar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de expediente y el número o código único de registro.

5. En caso de que alguno de los documentos que va a presentar la persona solicitante o representante de forma electrónica, supere los tamaños límite establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica, se permitirá la presentación de forma presencial dentro de los plazos previstos. Para esto, y junto con el documento que se presenta, la persona interesada deberá mencionar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de expediente y el número o código único de registro. En la sede electrónica de la Xunta de Galicia se publicará la relación de formatos, protocolos y tamaño máximo admitido de la documentación complementaria para cada procedimiento.

Artículo 4. Información del estado de la tramitación

La información personalizada sobre el estado de tramitación de los procedimientos, la relación de los actos de trámite realizados, la indicación de su contenido, así como la fecha en la que fueron dictados, estará a disposición en la carpeta del ciudadano, con independencia del canal de presentación de solicitudes, en cumplimiento del artículo 23 del Decreto 198/2010, de 2 de diciembre, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes.

Artículo 5. Notificaciones

1. Las notificaciones que se practiquen en los procedimientos habilitados en esta orden deberán realizarse en los términos previstos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

2. Las notificaciones electrónicas sólo podrán practicarse cuando así lo manifieste expresamente la persona destinataria o previa aceptación de la propuesta del correspondiente órgano u organismo público.

3. Las notificaciones electrónicas se realizarán mediante la plataforma de notificación electrónica disponible a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.es). De acuerdo con la normativa vigente en materia de desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes, el sistema de notificación permitirá acreditar la fecha y hora en la que se produzca la puesta a disposición de la persona interesada del acto objeto de notificación, así como la de acceso a su contenido, momento a partir del cual la notificación se entenderá practicada a todos los efectos legales. Sin perjuicio de lo anterior, la Administración general y del sector público autonómico de Galicia podrá remitir a las personas interesadas avisos de la puesta a disposición de las notificaciones, mediante correo electrónico dirigido a las cuentas de correo que consten en las solicitudes para efectos de notificación. Estos avisos no tendrán en ningún caso efectos de notificación practicada.

4. Si transcurren diez días naturales desde la puesta a disposición de una notificación electrónica sin que se hubiera accedido a su contenido, se entenderá que la notificación fue rechazada y se tendrá por efectuado el trámite, siguiéndose el procedimiento, salvo que de oficio o a instancia de la persona destinataria se compruebe la imposibilidad técnica o material del acceso.

5. Si la notificación electrónica no fuera posible por problemas técnicos, la Administración general y del sector público autonómico de Galicia practicará la notificación por los medios previstos en la normativa vigente en materia de procedimiento administrativo.

Artículo 6. Protección de datos de carácter persoal

De conformidad con la Ley orgánica 15/1999, de 13 diciembre, de protección de datos de carácter personal, los datos personales recogidos en la tramitación de estos procedimientos, cuyo tratamiento y publicación autorizan las personas interesadas mediante la presentación de las solicitudes, serán incluidos en un fichero dado de alta en la Agencia de Protección de Datos cuyo objeto es gestionar el presente procedimiento, así como para informar a las personas interesadas sobre su desarrollo.

Disposición adicional única

Con el objetivo de mantener adaptados a la normativa vigente los formularios de los procedimientos administrativos de plazo abierto que figuran en el anexo de la presente orden, podrán ser actualizados en la sede electrónica de la Xunta de Galicia sin necesidad de publicarlos nuevamente en el DOG, siempre que la modificación o actualización no suponga una modificación sustancial. Por consiguiente, para la presentación de las solicitudes será necesario utilizar los formularios normalizados disponibles en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, donde estarán permanentemente actualizados y accesibles para las personas interesadas.

Disposición final

Esta orden entrará en vigor a los veinte días naturales de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 9 de junio de 2016

Alfonso Rueda Valenzuela
Vicepresidente y conselleiro de Presidencia,
Administraciones Públicas y Justicia

ANEXO
Procedimientos habilitados electrónicamente a través de la presente orden: (46)

• Ya existentes (31):

Código

Denominación

Presentación

AU113A

Autorización de obras o trabajos en el dominio público hidráulico o zona de policía de lechos.

Presencial/electrónica

AU114A

Autorización de verteduras de aguas residuales (tramitación ordinaria).

Presencial/electrónica

AU208A

Concesión de aguas.

Presencial/electrónica

AU209A

Autorización para usos privativos de aguas por disposición legal.

Presencial/electrónica

AU211A

Constitución de comunidad de usuarios.

Presencial/electrónica

AU214A

Ejercicio de la navegación e flotación.

Presencial/electrónica

AU219A

Cambio de titularidad de aprovechamientos hidráulicos.

Presencial/electrónica

AU220A

Derivación de aguas de carácter temporal.

Presencial/electrónica

AU221A

Imposición de servidumbre de acueducto.

Presencial/electrónica

MT101A

Informe de instrumentos de planeamiento urbanístico.

Electrónica

MT105B

Autorización autonómica de usos en suelo rústico, previa a la obtención del título habilitante municipal.

Electrónica

MT106A

Certificación de datos del registro de entidades urbanísticas colaboradoras.

Presencial/electrónica

MT107A

Protección de la legalidad urbanística.

Presencial/electrónica

MT117A

Aprobación definitiva de instrumentos de planeamiento.

Electrónica

MT404C

Autorización de emisión de gases de efecto invernadero, consideración como IBE y solicitud de exclusión para el período 2013-2020.

Presencial/electrónica

MT701A

Autorización de obras en la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre.

Presencial/electrónica

MT804A

Inclusión en el catálogo gallego de árboles singulares.

Presencial/electrónica

MT806A

Primera licencia de pesca fluvial.

Presencial/electrónica

MT807A

Inscripción en las pruebas para obtener la primera licencia de caza.

Presencial/electrónica

MT810A

Excepción del régimen jurídico de los humedales protegidos.

Presencial/electrónica

MT813A

Catalogación, descatalogación o cambio de categoría de especies amenazadas.

Presencial/electrónica

MT813B

Excepción a las normas de protección de especies catalogadas.

Presencial/electrónica

MT818A

Declaración de espacio natural de interés local.

Electrónica

MT818B

Declaración de espacio privado de interés natural.

Presencial/electrónica

MT970A

Inscripción en el registro gallego de centros adheridos al sistema de gestión y auditoría medio ambiental.

Presencial/electrónica

MT975B

Autorización para el tratamiento de residuos.

Presencial/electrónica

MT975F

Transmisión de la autorización.

Presencial/electrónica

MT980A

Registro de entidades de carácter ambiental de la comunidad autónoma de Galicia.

Presencial/electrónica

MT982A

Autorización de admisión de residuos valoralizables en vertederos.

Presencial/electrónica

MT982B

Autorización de admisión de residuos procedentes de otras comunidades autónomas para su eliminación en vertederos de Galicia.

Presencial/electrónica

MT982C

Autorización de utilización de códigos 99 para residuos a eliminar en vertederos.

Presencial/electrónica

• Procedimientos nuevos (15):

Código

Denominación

Presentación

MT101D

Resolución de instrumentos de planeamiento urbanístico. Aprobación definitiva.

Electrónica

MT101E

Trámite posterior a la aprobación inicial del planeamiento general.

Electrónica

MT701B

Realización de obras en la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre.

Presencial/electrónica

MT975G

Autorización de planta móvil para el tratamiento de residuos.

Presencial/electrónica

MT975H

Modificación de la autorización en el registro general de productores y gestores de residuos de Galicia.

Presencial/electrónica

MT986A

Comunicación de actividad de negociante de residuos no peligrosos.

Presencial/electrónica

MT986B

Modificación de la inscripción en el registro general de productores y gestores de residuos de Galicia.

Presencial/electrónica

MT986C

Comunicación de actividad de negociante de residuos peligrosos.

Presencial/electrónica

MT986D

Comunicación de actividad de agente de residuos no peligrosos.

Presencial/electrónica

MT986E

Comunicación de actividad de agente de residuos peligrosos.

Presencial/electrónica

MT986F

Comunicación de transporte profesional de residuos no peligrosos.

Presencial/electrónica

MT986G

Comunicación de transporte profesional de residuos peligrosos.

Presencial/electrónica

MT986H

Comunicación de producción de residuos peligrosos en cantidad inferior a 10 t/año.

Presencial/electrónica

MT986I

Comunicación de actividades de producción de residuos no peligrosos en cantidad superior a 1.000 t/año.

Presencial/electrónica

MT986J

Comunicación de actividad de producción de residuos peligrosos en cantidad igual o superior a 10 t/año.

Presencial/electrónica