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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 114 Jueves, 16 de junio de 2016 Pág. 24679

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de Promoción Económica

EXTRACTO de la Resolución de 3 de junio de 2016 por la que se da publicidad del acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras del Programa de becas formativas para realizar proyectos de mejora de las pymes gallegas, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia competitiva.

BDNS (Identif.): 308664.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (BDNS) (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Personas beneficiarias

Podrán presentar solicitud para acogerse a estas becas aquellos titulados y tituladas que cumplan los siguientes requisitos:

1. Poseer la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea y estar empadronado en un municipio de la Comunidad Autónoma de Galicia.

2. Cumplir los requisitos del artículo 10 de la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia, para ser considerada persona beneficiaria de subvenciones.

3. Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones universitarias en la fecha en que finaliza el plazo de presentación de solicitudes: Física, Ingeniería, Matemáticas, Química, Administración y Dirección de Empresas, Economía, Derecho, Biología/Biotecnología y Farmacia. La titulación deberá haberse obtenido con posterioridad a la fecha indicada en la resolución de convocatoria.

Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros privados españoles deberán estar homologados por el Ministerio de Educación español en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

4. No haber disfrutado con anterioridad de ninguna otra beca del Igape.

5. No haber disfrutado de otra beca concedida por otros organismos. Se exceptúan las becas de estudios disfrutadas durante los años escolares o universitarios.

6. No haber desempeñado con anterioridad trabajo profesional alguno para el que se requiriese la misma titulación exigida en esta convocatoria, en virtud de cualquier tipo de contrato laboral de duración igual o superior a seis meses, lo que se acreditará mediante informe de vida laboral de la Seguridad Social.

7. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que imposibilite el cumplimiento de sus obligaciones como becario.

8. Estar al corriente de sus obligaciones tributarias estatales y autonómicas y de la Seguridad Social, así como no tener pendiente de pago ninguna otra deuda por ningún concepto con la Administración pública de la Comunidad Autónoma. El cumplimiento de este requisito se acreditará cumplimentando en el formulario telemático la declaración responsable del solicitante de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y de no tener pendiente de pago ninguna otra deuda con la Administración de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo establecido en el artículo 51.d) de la Ley 12/2015, de 24 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2016.

Segundo. Objeto

Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva y tienen por objeto la concesión de 100 becas para realizar prácticas formativas incardinadas en programas de mejora en las pymes gallegas, con la finalidad de formar a titulados universitarios en diversas áreas relacionadas con la profesionalización y el desarrollo estratégico de la empresa.

Los titulados y tituladas participarán en un itinerario formativo específicamente diseñado para la participación en el programa y realizarán prácticas formativas bajo la tutela de agentes colaboradores del Igape en proyectos de mejora de pequeñas y medianas empresas, apoyo al emprendedor o proyectos colaborativos de asociaciones o clústers empresariales, período en el que recibirán formación y tutorización directamente por parte del agente colaborador.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 3 de junio de 2016 por la que se da publicidad del acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras del Programa de becas formativas para realizar proyectos de mejora de las pymes gallegas y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia competitiva.

Cuarto. Importe

La dotación presupuestaria para estas becas asciende al importe de 1.122.288 € y se abonará con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias y por los siguientes importes, con la siguiente distribución plurianual:

Partida

Presupuesto 2016

Presupuesto 2017

Presupuesto 2018

Presupuesto total

09.A1.741A.4800

379.440,00 €

572.805,00 €

127.755,00 €

1.080.000,00 €

09.A1.741A.4840

13.602,64 €

23.364,12 €

5.321,24 €

42.288,00 €

Total:

393.042,64 €

596.169,12 €

133.076,24 €

1.122.288,00 €

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar a partir del día siguiente a la publicación de la resolución de convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 3 de junio de 2016

Pablo Casal Espido
Secretario general del Instituto Gallego de Promoción Económica