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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 120 Lunes, 27 de junio de 2016 Pág. 27127

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 3 de junio de 2016, de la Jefatura Territorial de Lugo, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Outeiro de Rei (expediente IN407A 2016/14-2, 8322 AT).

Visto el expediente para otorgamiento de la autorización administrativa previa y de construcción para la instalación eléctrica que a continuación se describe:

Solicitante: Begasa.

Domicilio social: polígono empresarial As Gándaras, calle A, parcela U2, Lugo.

Denominación: LMT, CT y RBT Penelas 2.

Situación: ayuntamiento de Outeiro de Rei.

Características técnicas:

1. Línea de media tensión al centro de transformación proyectado Penelas 2 con origen en el apoyo nº 9 de la línea de media tensión al centro de transformación Bonxe y final en el centro de transformación proyectado Penelas 2, con una longitud de 1.069 metros en conductor LA-56.

2. Centro de transformación intemperie Penelas 2 sobre apoio de celosía, con una potencia proyectada de 50 kVA y una relación de transformación de 20.000/400-230 V.

3. Red de baja tensión aérea con origen en el centro de transformación Penelas 2, con una longitud de 25 metros en conductor RZ-50.

Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre (BOE núm. 310) del sector eléctrico, y en el título VII, capítulo II del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE núm. 310), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y de acuerdo con la Resolución de 19 de febrero de 2014, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54, de 19 de marzo), esta jefatura territorial, de acuerdo con las competencias que resultan de los decretos 129/2015, de 8 de octubre (DOG núm 194, de 9 de octubre) y del 175/2015, de 3 de diciembre (DOG núm. 232, de 4 de diciembre) por los que se crea y establece la estructura orgánica de la consellería, y teniendo en cuenta el Decreto 36/2001, sobre órganos competentes para autorización de instalaciones eléctricas en la Comunidad Autónoma de Galicia, resuelve:

Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a dichas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en su proyecto y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente, independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de las instalaciones autorizadas.

El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.

Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.

Lugo, 3 de junio de 2016

Pilar Fernández López
Jefa territorial de Lugo