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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 133 Jueves, 14 de julio de 2016 Pág. 30501

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Segunda)

EDICTO (PO 4485/2008-E).

Procedimiento ordinario 4485-2008-E

Recurrente: Promociones Manuel Vázquez, S.L.

Letrado: Javier García Martínez. Procurador: Elena Miranda Osset

Admón. demandada: CPTOPT. Letrado de la Xunta de Galicia

Codemandado: Ayuntamiento de Vigo. Letrado del Ayuntamiento de Vigo. Procurador: Juan Lage Fernández-Cervera

En el procedimiento ordinario tramitado en esta sección con el número 4485/2008 se ha acordado librar el presente, a fin de que se publique en ese Diario Oficial de Galicia la parte dispositiva de la sentencia dictada por el Tribunal Supremo el 29.10.2015, así como la parte dispositiva del auto aclaratorio de la misma de 15.12.2015.

Sentencia.

Fallamos:

1º. Ha lugar al recurso de casación número 1860/2014 interpuesto por la mercantil Promociones Manuel Vázquez, S.L., contra la Sentencia 134/2014 dictada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia el veinte de febrero de dos mil catorce, quedando ahora anulada y sin efecto la referida sentencia.

2º. Estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Promociones Manuel Vázquez, S.L. contra las órdenes de 16.5.2008 y de 13.7.2009, de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Transportes, por las que se dio aprobación definitiva, la primera parcial, al Plan general de ordenación municipal de Vigo, que anulamos.

3º. No hacemos condena en costas de instancia ni en las de casación.

4º. Publíquese el fallo de esta sentencia en el Diario Oficial de Galicia, a los efectos previstos en el artículo 72.2 de la Ley jurisdiccional 29/1998, de 13 de julio. Así, por esta nuestra sentencia, que deberá insertarse en la colección legislativa del Consejo General del Poder Judicial, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Auto. En la Villa de Madrid, a quince de diciembre de dos mil quince. La sala acuerda rectificar el error material contenido en el encabezamiento de la sentencia, haciendo constar domo fecha de la misma el 11 de noviembre de 2025.

A Coruña, 21 de junio de 2016

Inmaculada Pérez Arrojo
Letrada de la Administración de justicia