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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 139 Viernes, 22 de julio de 2016 Pág. 32286

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (340/2014).

Yo, Susana Varela Amboage, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que por resolución dictada el día 23 de junio de 2016, en el proceso seguido a instancia de José Manuel Vaamonde Villasenín contra el Servicio Público de Empleo Estatal y A.P.V. Motor, S.A., registrado con el número SSS 340/2014, se ha acordado citar a A.P.V. Motor, S.A. en ignorado paradero, a fin de que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado de lo Social número 3, situado en calle Berlín, s/n, polígono de As Fontiñas 15707, el día 18 de octubre de 2016, a las 10.30 horas, para la celebración de juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se le hace saber que tiene a su disposición en la oficina judicial la cédula de citación, copia de la demanda y decreto de admisión de la misma y demás resoluciones y documentos obrantes en el procedimiento.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado o representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.

Y, para que sirva de citación a A.P.V. Motor, S.A., se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.

Santiago de Compostela, 23 de junio de 2016

La letrada de la Administración de justicia