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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 143 Viernes, 29 de julio de 2016 Pág. 33474

III. Otras disposiciones

Escuela Gallega de Administración Pública

RESOLUCIÓN de 21 de julio de 2016 por la que se convoca un curso de gestión de implantación de la Administración electrónica en la Administración local para personal informático al servicio de la Administración local.

De acuerdo con el convenio de colaboración suscrito en fecha 4 de enero de 2016 entre la Escuela Gallega de Administración Pública (en adelante, EGAP) y la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia (Amtega) para el desarrollo de actividades de formación, divulgación e investigación, se convoca un curso de implantación de la Administración electrónica en la Administración local (CV16026).

RESUELVO:

Publicar la convocatoria de un curso de implantación de la Administración electrónica en la Administración local (CV16026), que deberá desarrollarse según las bases detalladas en el anexo.

Santiago de Compostela, 21 de julio de 2016

Sonia Rodríguez-Campos González
Directora de la Escuela Gallega de Administración Pública

ANEXO

Primera. Objetivos

El objetivo principal del curso es que el alumnado conozca y valore qué supone la Administración electrónica, tanto desde el punto de vista de las implicaciones en la gestión y de los procedimientos y las relaciones con los ciudadanos como desde la perspectiva tecnológica.

Con el curso se pretende familiarizar al alumnado con las principales normas relacionadas con la Administración electrónica y exponer las principales actividades prácticas relacionadas con el uso de la firma electrónica y la prestación de servicios administrativos en el contexto de la Xunta de Galicia.

Segunda. Contenido

1. Implicaciones de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

2. Proyectos del MINHAP: marco de colaboración de las entidades locales con el Ministerio. Papel de la Xunta de Galicia.

3. Proyectos de la Xunta de Galicia con aplicación en el ámbito de la Administración local:

– Plataforma de interoperabilidad Pasaje.

– Plataforma de notificaciones electrónicas Notifica.

– Sistema Único de Registro. AIRES/Digitalización de documentación.

– Otros proyectos de interés.

Tercera. Destinatarios

Personal informático al servicio de la Administración local. De no cubrirse las plazas con este colectivo, podrán optar al curso el resto de empleados públicos de la Administración local que en el desarrollo de sus funciones tengan responsabilidades de gestión en procedimientos administrativos, susceptibles de ser enfocados desde la Administración electrónica.

Cuarta. Desarrollo

Modalidad: teleformación.

Duración: 30 horas.

Plazas: 50.

Fechas: del 26 de septiembre al 26 de octubre de 2016.

Se realizará una prueba final presencial de evaluación de aprovechamiento del curso el día 28 de octubre en horario de mañana. Para facilitar la asistencia a la misma, el alumnado podrá optar a hacer esta prueba en una de las distintas aulas que se habilitarán en las ciudades de Santiago de Compostela, A Coruña, Ferrol Lugo, Ourense, Pontevedra y Vigo.

Quinta. Solicitudes y plazos

1. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

2. Las solicitudes de participación en las actividades formativas sólo podrán realizarse mediante el formulario de matrícula telemática disponible en la dirección http://egap.xunta.es/matricula desde las 8.00 horas de la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes y hasta las 14.00 horas de la fecha de finalización. Las solicitudes se entenderán presentadas una vez que se complete correctamente el proceso de matriculación.

3. Serán excluidas automáticamente aquellas solicitudes que no se ajusten al formulario de solicitud, no tengan cubiertos correctamente los datos precisos para la realización del proceso de selección o sean presentadas fuera de plazo.

4. Las personas que oculten o falseen datos esenciales para la selección serán automáticamente excluidas de las actividades solicitadas y pasarán al final de las listas de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado desde que se detecte el hecho.

5. Las personas interesadas en recibir mensajes sobre el proceso de selección deberán facilitar una dirección de correo electrónico y/o un número de teléfono móvil.

6. La EGAP adoptará las medidas necesarias para facilitar la presentación de las solicitudes. Las dudas, las dificultades técnicas y las peticiones de información complementaria serán atendidas a través de los números de teléfono 981 54 62 57, 981 54 62 54, 987 54 63 35 y de la dirección de correo electrónico xestion.egap@xunta.es.

Sexta. Publicación de las relaciones del alumnado seleccionado

La EGAP publicará en la dirección http://egap.xunta.es una relación de las personas seleccionadas para participar en el curso, así como un número adecuado de reservas.

Se entenderá que las personas que no figuren en la relación fueron excluidas por alguna de las razones expresadas en las bases de la convocatoria u ocupan un puesto más alejado en la lista de espera. Todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.6.b) de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Séptima. Facultades de la EGAP

1. La EGAP y la Amtega podrán modificar el desarrollo, las fechas y los lugares de la actividad formativa, así como resolver todas las contingencias que puedan surgir.

2. En el supuesto de que el número de admitidos sea inferior al 50 % de las plazas convocadas, la EGAP y la Amtega se reservan el derecho a suspender, cancelar o agrupar varias ediciones de las actividades, caso en el que emplearán los medios de notificación a las personas interesadas previstos en la normativa vigente.

3. La EGAP y la Amtega garantizarán en la totalidad de las actividades derivadas de esta convocatoria la promoción de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, la eliminación de cualquier tipo de discriminación y el fomento de los derechos de conciliación.

Octava. Certificados

Para la obtención del certificado de aprovechamiento, el alumnado deberá obtener la evaluación positiva de su profesorado, el cual emitirá un informe en que declare apto o no apto a cada alumno/a en función del resultado de la prueba de evaluación.