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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 147 Jueves, 4 de agosto de 2016 Pág. 34564

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

ORDEN de 28 de julio de 2016 por la que se adaptan y habilitan electrónicamente los procedimientos administrativos de plazo abierto de la Consellería de Sanidad.

El 27 de febrero de 2014 el Consello de la Xunta de Galicia aprobó el Plan de agilización administrativa 2014-2016 (plan Achega) con el objetivo de lograr una Administración más ágil, eficiente y próxima en sus relaciones con la cidadanía.

Este plan recoge una serie de medidas concretas destinadas a revisar en el período 2014-2016 los procedimientos administrativos que la Administración gallega pone a disposición de los ciudadanos en la Guía de procedimientos y servicios, para mejorarlos, simplificarlos y posibilitar su presentación electrónica, como garantía del principio de celeridad que la Administración gallega asume dentro de sus compromisos de actuación.

Como primera actuación contenida en el plan Achega, el 2 de mayo de 2014 (DOG núm. 83) se publicó el Decreto 48/2014, de 30 de abril, por el que se autoriza al vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia para adaptar e incorporar a la sede electrónica los procedimientos administrativos de la Xunta de Galicia.

En este decreto se estableció, además, que mediante orden del vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia se adaptarán los procedimientos administrativos, previamente revisados y simplificados, a lo dispuesto en las guías para la habilitación de procedimientos aprobadas por el Consello de la Xunta de 25 de abril de 2013, actualizadas con posterioridad y, en su caso, se habilitara su presentación electrónica en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Esta medida fue configurada como una línea prioritaria de actuación por el Gobierno gallego, puesto que existen procedimientos administrativos que, por estar regulados en normas anteriores a la puesta en funcionamiento de la sede electrónica de la Xunta de Galicia (Orden de 15 de septiembre de 2011, DOG núm. 138, de 23 de setembro) aún recogían la presentación exclusivamente presencial por parte de sus personas destinatarias. Además, también se requería determinada documentación que la legislación vigente ya no permite solicitar y a la cual la Administración gallega ya puede acceder directamente mediante la plataforma de interoperabilidad administrativa.

En este marco, y desde el inicio del plan Achega, los trabajos de revisión y habilitación en la sede electrónica han sido los siguientes:

– Mediante la Orden de 2 de julio de 2014 (DOG nº 132, de 14 de julio), fueron adaptados e incorporados a la sede electrónica de la Xunta de Galicia 58 procedimientos de plazo abierto de la Presidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justiza después de revisar un total de 99.

– A través de la Orden de 22 de abril de 2015 (DOG nº 77, de 24 de abril), 109 procedimientos de la Consellería del Medio Rural y del Mar se habilitaron electrónicamente, después de revisar un total de 145.

– A través de la Orden de 31 de julio de 2015 (DOG nº 146, de 4 de agosto), 42 procedimientos de la Consellería de Trabajo y Bienestar, de un total de 88, fueron incorporados para su presentación electrónica.

– A través de la Orden de 22 de octubre de 2015 (DOG nº 204, de 26 de octubre), 51 procedementos de la Consellería de Economía, Empleo e Industria fuerron incorporados a la sede electrónica de un total de 225.

– A través de la Orden de 7 de abril de 2016 (DOG nº 69, de 12 de abril), 48 procedimientos de la Consellería de Infraestruturas y Vivienda fueron incorporados a la sede electrónica de un total de 95.

– A través de la Orden de 9 de junio de 2016 (DOG nº 113, de 15 de junio), 46 procedimientos de la Consellería de Medio Ambiente fueron incorporados a la sede electrónica de un total de 86.

A continuación, y siguiendo la planificación establecida, se llevó a cabo la revisión de todos los procedimientos, tanto de plazo abierto como de plazo cerrado, correspondientes a la Consellería de Sanidad que, por estar regulados en normas anteriores a la puesta en funcionamiento de la sede electrónica de la Xunta de Galicia, aún no les fueron aplicadas las pautas de simplificación existentes en la actualidad.

En concreto fueron revisados un total de 58 procedimientos, lo que dio como resultado lo siguiente:

– 24 procedimientos fueron dados de baja por no ser utilizados o por estar obsoletos. En concreto, 21 corresponden a procedimientos de plazo abierto y 3 a procedimientos de plazo cerrado.

– 25 procedimientos fueron preparados para admitir su disponibilidad electrónica a través de la presente orden. Además, conviene destacar que 2 de estos procedimientos son nuevos y derivan de otros dos existentes que se desagregan con la finalidad de clarificar y facilitar su uso y tramitación por los ciudadanos.

– 6 procedimientos ya fueron incorporados a la sede electrónica a través de su propia regulación normativa específica y 3 de ellos serán incorporados a la sede electrónica a través de su propia reglamentación estando en tramitación la fecha de aprobación da presente orden.

Así pues, a partir de la entrada en vigor de esta orden, un total de 25 procedimientos estarán disponibles electrónicamente, lo que contribuirá a seguir abundando en el impulso de unas relaciones más ágiles, simples y fluidas entre la Xunta de Galicia y el conjunto de los ciudadanos.

Como alternativa, también se podrán presentar las solicitudes en soporte papel en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa vigente en materia de procedimiento administrativo común, utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, sin prejuicio de la obligatoriedad de la utilización de medios electrónicos por parte de determinados sujetos de conformidad con la normativa vigente.

Así, en virtud de lo anterior, en un procedimiento habilitado a través de la presente orden, la sede electrónica se configura como el canal de uso obligatorio para la presentación de las solicitudes por tener como único destinatario a las universidades, donde su capacidad profesional está garantizada.

Asimismo, para dichos procedimientos se suprime la exigencia de la documentación que de acuerdo con la legislación vigente no se puede solicitar para su tramitación o a la cual la Administración gallega puede acceder directamente mediante la plataforma de interoperabilidad administrativa.

Además, la Xunta de Galicia puso recientemente a disposición de las unidades tramitadoras de procedimientos administrativos un sistema para realizar el envío y la gestión de notificaciones electrónicas, con generación de comprobantes de la entrega por la persona emisora y la recepción por la persona destinataria, conforme a la normativa vigente.

De esta manera, en los 25 procedimientos habilitados con la presente orden las personas interesadas podrán manifestar su voluntad de que las notificaciones que se practiquen sean realizadas de forma electrónica.

A la vista de lo expuesto y en uso de las facultades que me confieren los artículos 34 y 38 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia, y de conformidad con lo establecido en el Decreto 48/2014, de 30 de abril,

DISPONGO:

Artículo 1. Objeto

1. La presente orden tiene por objeto adaptar y habilitar la presentación electrónica de solicitudes de los procedimientos administrativos de plazo abierto de la Consellería de Sanidad que figuran en el anexo de esta orden.

2. Asimismo, para dichos procedimientos se suprime la exigencia de la documentación que de acuerdo con la legislación vigente no se puede solicitar para su tramitación o a la cual la Administración gallega puede acceder directamente mediante la plataforma de interoperabilidad administrativa.

Artículo. Presentación de solicitudes

1. Las solicitudes deberán presentarse preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.es) de conformidad con lo establecido en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común. Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.es/chave365).

2. Opcionalmente, también se podrán presentar las solicitudes en soporte papel en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común, utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

3. En aquellos procedimientos que tengan como destinatarias a las entidades locales y universidades la presentación de solicitudes será exclusivamente electrónica.

Artículo 3. Documentación

1. La documentación complementaria, que figura en el anexo de solicitud de cada procedimiento, se presentará electrónicamente utilizando cualquier procedimiento de copia digitalizada del documento original. En este caso, las copias digitalizadas presentadas garantizarán la fidelidad con el original bajo la responsabilidad de la persona solicitante o representante. La Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada según lo dispuesto en los artículos 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso de los ciudadanos a los servicios públicos, y 22.3 del Decreto 198/2010, de 2 de diciembre, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes.

2. La documentación complementaria también podrá presentarse en formato papel en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa vigente en materia de procedimiento administrativo común.

3. Las copias de los documentos gozarán de la misma validez y eficacia que sus originales siempre que exista constancia de que sean auténticas.

4. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, la persona interesada o representante deberá mencionar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de expediente y el número o código único de registro.

5. En el caso de que alguno de los documentos que vaya a presentar la persona solicitante o representante de forma electrónica, supere los tamaños límite establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica, se permitirá la presentación de forma presencial dentro de los plazos previstos. Para ello, y junto con el documento que se presenta, la persona interesada deberá mencionar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de expediente y el número o código único de registro. En la sede electrónica de la Xunta de Galicia se publicará la relación de formatos, protocolos y tamaño máximo admitido de la documentación complementaria para cada procedimiento.

Artículo 4. Información del estado de la tramitación

La información personalizada sobre el estado de tramitación de los procedimientos, la relación de los actos de trámite realizados, la indicación de su contenido, así como la fecha en la que fueron dictados, estará a disposición en la carpeta del ciudadano, con independencia del canal de presentación de solicitudes, en cumplimiento del artículo 23 del Decreto 198/2010, de 2 de diciembre, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes.

Artículo 5. Notificaciones

1. Las notificaciones que se practiquen en los procedimientos habilitados en esta orden deberán realizarse en los términos previstos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

2. Las notificaciones electrónicas sólo podrán practicarse cuando así lo manifeste expresamente la persona destinataria o después de la aceptación de la propuesta del correspondiente órgano u organismo público.

3. Las notificaciones electrónicas se realizarán mediante la plataforma de notificación electrónica disponible a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://notifica.xunta.gal). De acuerdo con la normativa vigente en materia de desarrollo de la administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes, el sistema de notificación permitirá acreditar la fecha y hora en la que se produzca la puesta a disposición de la persona interesada del acto objeto de notificación, así como la de acceso a su contenido, momento a partir del que la notificación se entenderá practicada a todos los efectos legales. Sin prejuicio de lo anterior, la Administración general y del sector público autonómico de Galicia podrá remitir a las personas interesadas avisos de la puesta a disposición de las notificaciones, mediante correo electrónico dirigido a las cuentas de correo que consten en las solicitudes a efectos de notificación. Estos avisos no tendrán, en ningún caso, efectos de notificación practicada.

4. Si transcurren diez días naturales desde la puesta a disposición de una notificación electrónica sin que se hubiese acudido a su contenido, se entenderá que la notificación fue rechazada y se tendrá por efectuado el trámite, siguiéndose el procedimiento, salvo que, de oficio o por instancia de la persona destinataria, se compruebe la imposibilidad técnica o material del acceso.

5. Si la notificación electrónica no fuese posible por problemas técnicos, la Administración general y del sector público autonómico de Galicia practicará la notificación por los medios previstos en la normativa vigente en materia de procedimiento administrativo.

Artículo 6. Protección de datos de carácter persoal

De conformidad con la Ley orgánica 15/1999, de 13 diciembre, de protección de datos de carácter personal, los datos personales recogidos en la tramitación de estos procedimientos, cuyo tratamiento y publicación autorizan las personas interesadas mediante la presentación de las solicitudes, serán incluidos en un fichero dado de alta en la Agencia de Protección de Datos cuyo objeto es gestionar el presente procedimiento, así como para informar a las personas interesadas sobre su desarrollo.

Disposición adicional única

Con el objetivo de mantener adaptados a la normativa vigente los formularios de los procedimientos administrativos de plazo abierto que figuran en el anexo de la presente orden, podrán ser actualizados en la sede electrónica de la Xunta de Galicia sin necesidad de publicarlos nuevamente en el DOG siempre que la modificación o actualización no suponga una modificación sustancial. Por consiguiente, para la presentación de las solicitudes será necesario utilizar los formularios normalizados disponibles en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, donde estarán permanentemente actualizados y accesibles para las personas interesadas.

Disposición final

Esta orden entrará en vigor a los veinte días naturales desde su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 28 de julio de 2016

Alfonso Rueda Valenzuela
Vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

ANEXO
Procedimientos habilitados electrónicamente a través de la presente orden: (25)

• Ya existentes (23):

Código

Denominación

Presentación

SA200A

Reintegro de gastos de prestación farmacéutica según el artículo 4 del Real decreto ley 16/2012, de 20 de abril, que añade un nuevo artículo 94.bis a la Ley 29/2006, de 26 de julio.

Presencial/ electrónica

SA357A

Declaración responsable para la integración de las unidades de análisis en la red integrada de laboratorios de diagnóstico de triquina de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Presencial/ electrónica

SA434A

Informe sanitario para concesión de aguas de abastecimiento.

Presencial/ electrónica

SA451A

Registro general sanitario de empresas alimentarias y alimentos.

Presencial/ electrónica

SA454A

Notificación de puesta en el mercado de productos alimenticios.

Presencial/ electrónica

SA461D

Acreditación para desarrollo de actividades con agonistas opiáceos.

Presencial/ electrónica

SA463B

Cancelación en el registro de entidades colaboradoras del Plan de Galicia sobre drogas.

Presencial/ electrónica

SA463C

Declaración de interés para entidades colaboradoras del Plan de Galicia sobre drogas.

Presencial/ electrónica

SA463D

Inscripción en el registro de entidades colaboradoras del Plan de Galicia sobre drogas.

Presencial/ electrónica

SA463E

Modificación en el registro de entidades colaboradoras del Plan de Galicia sobre drogas.

Presencial/ electrónica

SA481A

Autorización de traslado de oficina de farmacia.

Presencial/ electrónica

SA513A

Autorización de funcionamiento de los pisos protegidos, viviendas de transición y unidades residenciales para personas con trastornos mentales persistentes.

Presencial/ electrónica

SA646A

Registro de explotaciones agrarias elaboradoras de productos lácteos tradicionales.

Presencial/ electrónica

SA653A

Autorización de las industrias transformadoras de la especie Acanthocardia tuberculatum.

Presencial/ electrónica

SA655B

Formación práctica de alumnos en centros asistenciales dependientes del Servicio Gallego de Salud.

Electrónica

SA659E

Libro oficial de movimiento de biocidas.

Presencial/ electrónica

SA665A

Autorizaciones especiales para inhumación antes de 24 horas y exposición de cadáveres en lugares públicos.

Presencial/ electrónica

SA669A

Autorización de los centros de rehabilitación psicosocial y laboral.

Presencial/ electrónica

SA673A

Licencia de funcionamento de fabricantes de productos sanitarios a medida.

Presencial/ electrónica

SA673B

Revalidación de la licencia de funcionamiento de fabricantes de productos sanitarios a medida.

Presencial/ electrónica

SA701A

Autorización de las entidades de formación del personal que realiza las operaciones de mantenimiento higiénico-sanitario de las instalaciones susceptibles de propagar la legionelosis.

Presencial/ electrónica

SA702A

Autorización de las entidades de formación de aplicadores de tatuaje, micropigmentación y piercing.

Presencial/ electrónica

SA703A

Autorización de las entidades de formación del personal operador de aparatos de bronceado.

Presencial/ electrónica

• Procedementos novos (2):

Código

Denominación

Presentación

SA431C

Comunicación de la actividad de una piscina.

Presencial/ electrónica

SA461E

Renovación de la acreditación para el desarrollo de actividades con agonistas opiáceos.

Presencial/ electrónica