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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 157 Lunes, 22 de agosto de 2016 Pág. 37266

III. Otras disposiciones

Consellería del Mar

RESOLUCIÓN de 8 de agosto de 2016 por la que se aprueba el censo definitivo de embarcaciones autorizadas a faenar en la reserva marina de interés pesquero Os Miñarzos.

Antecedentes:

1. El día 7.12.2007 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Orden de 27 de noviembre de 2007 por la que se regula el uso y gestión de la reserva marina de interés pesquero Os Miñarzos, modificada por la Orden de 26 de febrero de 2009.

2. El día 21.4.2016 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Resolución de 11.4.2016, de la Dirección General de Pesca, Acuicultura e Innovación Tecnológica, por la que se abría el plazo de presentación de solicitudes (un mes desde la publicación en el DOG) para la inscripción de embarcaciones en el censo de la reserva marina de interés pesquero Os Miñarzos.

3. El día 30.6.2016 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Resolución de 17.6.2016, de la Dirección General de Pesca, Acuicultura e Innovación Tecnológica, por la que se aprueba el censo provisional de embarcaciones autorizadas a faenar en la reserva marina de interés pesquero Os Miñarzos. Dicha resolución establecía un plazo de 15 días, contados desde el día siguiente de su publicación, para presentar cuantas alegaciones se estimaran oportunas.

4. Dentro de dicho plazo, el día 14.7.2016, la persona armadora de la embarcación Virgen Blanca (3ª-CO-2-3734) presenta, en el registro general de la Xunta de Galicia, un escrito solicitando la baja en el censo provisional de la reserva marina de interés pesquero Os Miñarzos.

Consideraciones legales y técnicas:

1. El Decreto 87/2007, de 12 de abril, modificado por el Decreto 241/2008, de 2 de octubre, por el que se crea la reserva marina de interés pesquero Os Miñarzos, establece en su artículo 7 las condiciones de acceso a la reserva, determinando que será preciso que las embarcaciones estén inscritas en un censo específico para poder realizar las actividades descritas en su artículo 5.

2. La Resolución de 11.4.2016, de la Dirección General de Pesca, Acuicultura e Innovación Tecnológica, abrió el plazo de presentación de solicitudes (un mes desde la publicación en el DOG) para la inscripción de embarcaciones en el censo de la reserva marina de interés pesquero Os Miñarzos, y establecía los requisitos que debían cumplir las embarcaciones que solicitaran su inscripción en el censo.

Al mismo tiempo, establece las condiciones que deberán cumplir las embarcaciones para desarrollar la actividad pesquera en la reserva marina de interés pesquero Os Miñarzos:

a) Permitir la instalación de un sistema de localización conectado a las baterías principales y de reserva de la embarcación el que impide su apagado mientras la embarcación esté operativa (artículo 7.3 de la Orden de 27 de noviembre de 2007, modificada por la Orden de 26 de febrero de 2009: «Para facilitar las labores de seguimiento y control de la actividad pesquera y/o marisquera, los armadores de las embarcaciones inscritas en el censo deberán permitir la instalación de dispositivos de identificación»).

b) Comunicar telefónicamente o por radio VHF la entrada y salida en la Remip-Os Miñarzos (artículo 7.1 de la Orden de 27 de noviembre de 2007: «Todos aquellos que efectúen la actividad pesquera y/o marisquera en el ámbito de la reserva marina deben comunicar al personal asignado a la gestión, seguimiento y control de la reserva su entrada en la zona de la reserva marina, identificándose convenientemente y notificándole las capturas en el momento de acceder a la reserva. Asimismo, deben notificar su salida, el número de artes caladas o empleadas y las capturas realizadas en la zona de la reserva. Estas comunicaciones deben efectuarse de manera que le permitan al órgano de gestión, seguimiento y control realizar la comprobación de los datos transmitidos»).

c) Comunicación de las capturas. Esta información será enviada semanalmente a la persona responsable del seguimiento científico a través de estadillos específicos. La información será tratada de manera confidencial y podrá ser utilizada exclusivamente con fines científicos y de gestión.

3. El día 30.6.2016 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Resolución de 17.6.2016, de la Dirección General de Pesca, Acuicultura e Innovación Tecnológica, por la que se aprueba el censo provisional de embarcaciones autorizadas a faenar en la reserva marina de interés pesquero Os Miñarzos. Dentro del plazo establecido para presentar alegaciones, la persona armadora de la embarcación Virgen Blanca (3ª-CO-2-3734) solicita la baja en el censo provisional de la reserva marina de interés pesquero Os Miñarzos.

4. La Orden de 27 de noviembre de 2007 por la que se regula el uso y gestión de la reserva marina de interés pesquero Os Miñarzos, modificada por la Orden de 26 de febrero de 2009, define en su artículo 3 el procedimiento para la elaboración del censo de embarcaciones autorizadas. El censo definitivo será aprobado por resolución de la persona titular de la Consellería del Mar, que se publicará en el Diario Oficial de Galicia.

De acuerdo con todo lo anterior,

RESUELVO:

Primero. Estimar la solicitud de baja del censo de la reserva marina de interés pesquero Os Miñarzos. presentada por la persona armadora de la embarcación Virgen Blanca (3ª-CO-2-3734) dentro del plazo establecido para presentar alegaciones contra la Resolución de 17.6.2016, de la Dirección General de Pesca, Acuicultura e Innovación Tecnológica.

Segundo. Aprobar el censo definitivo de embarcaciones autorizadas para faenar en la reserva marina de interés pesquero, que figura como anexo a esta resolución.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, ante la conselleira del Mar, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación.

Santiago de Compostela, 8 de agosto de 2016

Rosa María Quintana Carballo
Conselleira del Mar

ANEXO
Censo definitivo de embarcaciones autorizadas para faenar en la reserva marina de interés pesquero

Nombre

Matrícula

Puerto base

1

Ahí Va

3ª-CO-5-1246

Fisterra

2

Ana

3ª-VILL-3-991

Fisterra

3

Ana Sara

3ª-FE-3-1-05

Corcubión

4

Aquila Primero

3ª-VILL-5-2-99

Fisterra

5

Axexo Primero

3ª-CO-7-8-92

Noia

6

Ayenka

3ª-CO-4-1368

Corcubión

7

Bajeriñas de Nylon

3ª-CO-4-4-05

Lira

8

Benigno

3ª-CO-5-1931

Lira

9

Bismarck Un

3ª-CO-7-3-03

Noia

10

Brinca

3ª-VILL-3-9439

Fisterra

11

Calima

3ª-CO-7-3-12

Noia

12

Carmen

3ª-VILL-1-3403

Fisterra

13

Chopas

3ª-CO-6-2-04

Muros

14

Cuatro Hermanos

3ª-CO-4-318

Lira

15

Dichoso

3ª-CO-6-2-97

Lira

16

Dosil

3ª-CO-5-1910

Lira

17

Eva

3ª-VI-4-5539

Lira

18

Fernando

3ª-CO-4-1088

Fisterra

19

Illa Lobeira

3ª-CO-5-1-95

Corcubión

20

Javi

3ª-CO-5-2029

Corcubión

21

Juan Manuel

3ª-CO-6-2197

Lira

22

Juana del Mar

3ª-CO-6-3-97

Muros

23

Limanda

3ª-CO-7-7-98

Noia

24

Los Pepes Uno

3ª-CO-6-1-04

Lira

25

Madre Amelia

3ª-CO-5-4-98

Muros

26

Madre Antonia

3ª-FE-3-1909

Muros

27

Mar-Iván

3ª-FE-3-2-91

Muros

28

Maresco Tres

3ª-FE-4-4-08

A Guarda

29

Mari Nieves

3ª-CO-5-2-95

Lira

30

María Jesús

3ª-CO-4-1493

Fisterra

31

María Rosa Dos

3ª CO-6-3-94

Muros

32

Mariñeiro Dos

3ª-CO-5-4-91

Fisterra

33

Milena

3ª-CO-7-3182

Porto do Son

34

Milláns

3ª-CO-7-311

Porto do Son

35

Mondelo Dos

3ª-CO-6-1-94

Muros

36

Naroa

3ª-CO-3-4-05

O Pindo

37

Noeta Primero

3ª-CO-5-3-01

Corcubión

38

Nueva Giralda

3ª-CO-4-5-04

Camelle

39

Nueva Pilar

3ª-CO-6-1-91

Lira

40

Nuevo Jormar

3ª-CO-7-4-08

Noia

41

Nuevo Montecristo

3ª-CO-6-2-00

Muros

42

Nuevo Verte

3ª-CO-7-2-00

Noia

43

O Arao

3ª-CO-7-2-14

Porto do Son

44

O Cuacho

3ª-CO-6-1-05

Lira

45

O Furadiño

3ª-CO-5-1-13

Corcubión

46

O Mariñeiro

3ª-CO-6-2-91

Lira

47

O Mariñeiro Dous

3ª-CO-6-2-99

Muros

48

O Mario

3ª-VILL-4-2-00

Fisterra

49

O Seixo

3ª-CO-6-2-09

Lira

50

Odala

3ª-CO-6-6-05

Fisterra

51

Outeiro

3ª-CO-5-2-98

Fisterra

52

P.A.

3ª-VILL-3-9723

Lira

53

Pedras de Area

3ª-CO-5-2-96

Lira

54

Pepita Consuelo

3ª-CO-4-617

Lira

55

Porto Alegre

3ª-CO-7-3515

Lira

56

Praia do Rostro

3ª-CO-2-11-05

Fisterra

57

Punta Caldebarcos

3ª-CO-6-1-99

Muros

58

Punta dos Remedios

3ª-CO-6-7-05

Lira

59

Reflector

3ª-CO-7-4-96

Fisterra

60

Ronsel Tres

3ª-CO-3-2-06

Lira

61

Salseiro

3ª-CO-5-1997

Fisterra

62

Segundo Brisa

3ª-CO-5-1-11

Corcubión

63

Segundo San Martín

3ª-VILL-3-9184

Lira

64

Segundo Víctor

3ª-VILL-3-6-97

Fisterra

65

Sonai

3ª-VI-3-8-95

Lira

66

Soutelo

3ª-VI-4-7-01

Fisterra

67

Tadima

3ª-VILL-3-2-06

O Pindo

68

Talieira

3ª-CO-5-1970

Fisterra

69

Temerario

3ª-CO-5-8-91

Fisterra

70

Tiburón Dous

3ª-CO-5-3-05

Corcubión

71

Tina

3ª-CO-5-1867

Fisterra

72

Tres Gritos

3ª-CO-5-1926

Lira

73

Tres Hermanas

3ª-CO-4-872

Lira

74

Tres Hermanos

3ª-CO-4-983

Fisterra

75

Tsunami

3ª-CO-7-4-07

Noia

76

Viento y Calma

3ª-CO-5-4-92

Fisterra

77

Virxen das Areas

3ª-CO-5-4-00

Fisterra

78

Vista

3ª-VILL-3-2-99

Noia

79

Ximpron

3ª-CO-5-3-98

Corcubión

80

Aquiles Número Dos

3ª-CO-6-1-13

Muros

81

Mañón

3ª-CO-5-5-00

O Pindo

82

Tres Hermanos

3ª-CO-6-2095

Lira

83

Viber

3ª-CO-6-1-15

Lira

84

Virxe do Carme

3ª-CO-5-1-96

Lira

85

Tricha

3ª-VILL-2-4866

Fisterra

86

Chori

3ª-VI-6-1-04

Fisterra

87

Isaura Dos

3ª-CO-5-2-07

Fisterra

88

Rixote

3ª-VILL-3--3-00

Fisterra

89

María

3ª-CO-6-2222

Noia