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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 181 Jueves, 22 de septiembre de 2016 Pág. 43463

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (361/2015).

DSP. Despido/ceses en general 361/2015

Procedimiento origen: sobre ordinario

Demandante: Arturo Rodríguez González

Demandados: Celuisma, S.A., Fogasa (Fondo de Garantía Salarial)

Yo, Susana Varela Amboage, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que por resolución dictada el día 2 de septiembre de 2016, en el proceso seguido a instancia de Arturo Rodríguez González contra Celuisma, S.A. y otros, registrado con el número 361/2015, se ha acordado citar a The Rioseco Business Corporation, Grupo Hotelero Mar y Sol y Hotel Florida Norte, S.L., en ignorado paradero, a fin de que comparezcan en la sala de vistas del Juzgado de lo Social número 3, situado en la calle Berlín, s/n, polígono de As Fontiñas, 15707, el día 12 de diciembre de 2016, a las 10.25 y a las 10.30 horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y deberá acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se les hace saber que tienen a su disposición en la oficina judicial la cédula de citación, copia de la demanda y decreto de admisión de la misma, y demás resoluciones y documentos obrantes en el procedimiento.

Se les advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretendan comparecer al acto del juicio asistidos de abogado o representados técnicamente por graduado social colegiado, o representados por procurador, pondrán esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, al objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado social colegiado o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.

Para que sirva de citación a The Rioseco Business Corporation, Grupo Hotelero Mar y Sol y Hotel Florida Norte, S.L., se expide el presente edicto para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.

Santiago de Compostela, 2 de septiembre de 2016

La letrada de la Administración de justicia