Advertidos errores en la referida resolución, publicada en el DOG núm.165, de 1 de septiembre de 2016, procede hacer las siguientes correcciones:
– En la página 38762, en el apartado c) del punto 1 del artículo 8, donde dice: «c) Que estén dadas de alta en programas avanzados de Igape de apoyo a la internacionalización con informe positivo. La solicitud de alta en programas avanzados de Igape de apoyo a la internacionalización deberá hacerse antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de ayuda, a través del procedimiento del Igape IG192», debe decir:«c) Que estén dadas de alta en programas avanzados de Igape de apoyo a la internacionalización con informe positivo. La solicitud de alta en programas avanzados de Igape de apoyo a la internacionalización deberá hacerse antes de la presentación de la solicitud de participación en la acción (anexo III), a través del procedimiento del Igape IG192».
– En la página 38794, en el anexo VI «Modelo de convocatoria», en los requisitos de los beneficiarios, donde dice: «• Que estén dadas de alta en programas avanzados de Igape de apoyo a la internacionalización con informe positivo. La solicitud de alta en programas avanzados del Igape de apoyo a la internacionalización deberá hacerse antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de ayuda, a través del procedimiento del Igape IG192.», debe decir: «• Que estén dadas de alta en programas avanzados de Igape de apoyo a la internacionalización con informe positivo. La solicitud de alta en programas avanzados del Igape de apoyo a la internacionalización deberá hacerse antes de la presentación de la solicitud de participación en la acción (anexo III), a través del procedimiento del Igape IG192».
– En la página 38797, en el anexo VI «Modelo de convocatoria», en la tabla de los conceptos subvencionables, donde dice: «Tasa de visado y seguro de viaje», debe decir: «Tasa de visado y seguro de viaje de una persona de la empresa participante y parte proporcional de una persona de la cámara organizadora».
– En la página 38799, en el anexo VII «Requisitos de comunicación de la financiación pública», en el apartado de Responsabilidad del beneficiario, en el punto 1, donde dice: «1. En todas las medidas de información y comunicación que lleve a cabo, el beneficiario deberá reconocer el apoyo del Consorcio, del Igape, de la Xunta de Galicia y del Feder al proyecto, incluyendo la imagen institucional del Igape y de la Xunta de Galicia (...)», debe decir: «1. En todas las medidas de información y comunicación que lleve a cabo, el beneficiario deberá reconocer el apoyo del Igape, de la Xunta de Galicia y del Feder al proyecto, incluyendo la imagen institucional del Igape y de la Xunta de Galicia (...)».
– En la página 38800, en el anexo VII «Requisitos de comunicación de la financiación pública», en el apartado de Responsabilidad del beneficiario, en el apartado b) del punto 2, donde dice: «b) Colocar al menos un cartel con información sobre el proyecto (de un tamaño mínimo A3), en el cual se mencionará la ayuda financiera del Igape, de la Xunta de Galicia del Consorcio y de Feder, en un lugar visible para el público, por ejemplo, en la entrada del edificio.», debe decir: «b) Colocar al menos un cartel con información sobre el proyecto (de un tamaño mínimo A3), en el cual se mencionará la ayuda financiera del Igape, de la Xunta de Galicia y de Feder, en un lugar visible para el público, por ejemplo, en la entrada del edificio».