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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 195 Jueves, 13 de octubre de 2016 Pág. 46650

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

RESOLUCIÓN de 6 de septiembre de 2016, de la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, de aprobación definitiva de la delimitación de suelo de núcleo rural complejo de Fustáns (Gomesende).

El ayuntamiento de Gomesende remite nuevamente el expediente de aprobación definitiva de la delimitación de suelo de núcleo rural complejo de Fustáns (Gomesende) para su aprobación definitiva, conforme a lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley 9/2002, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia (LOUG).

Una vez analizado el expediente remitido por el Ayuntamiento de Gomesende y vista la propuesta suscrita por la Subdirección General de Urbanismo, resulta:

I. Antecedentes.

1. El ayuntamiento de Gomesende no cuenta actualmente con ninguna figura de planeamiento general, por lo que son de aplicación las Normas complementarias y subsidiarias de la provincia de Ourense, aprobadas definitivamente el 3 de abril de 1991. Cuenta únicamente con una delimitación de suelo urbano del núcleo de Sobrado (AD de 23 de junio de 1982); y con las delimitaciones de suelo de núcleo rural de Paredes (AD de 12 de mayo de 2014) y de Matamá (AD de 22 de enero de 2015).

2. La tramitación de la delimitación de suelo de núcleo rural fue la siguiente:

• Constan informes municipales: técnico, de 17 de julio de 2014, y jurídico, de 20 de agosto de 2014.

• El Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 27 de agosto de 2014, aprobó la delimitación, y la sometió a información pública durante un mes mediante anuncios en los diarios La Voz de Galicia, de 5 de septiembre de 2014, y Faro de Vigo, de 10 de septiembre; y en el DOG de 23 de septiembre. No se presentó ninguna alegación.

• Constan informes de la Agencia Gallega de Infraestructuras de la CMATI: 13 de enero de 2015, desfavorable, y 1 de abril de 2015, favorable.

• Consta informe favorable de la Dirección General del Patrimonio Cultural de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, de 6 de abril de 2015.

• Constan nuevos informes municipales técnico y jurídico, de 24 de abril de 2015.

• El Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 28 de abril de 2015, aprobó provisionalmente la delimitación de suelo de núcleo rural de Fustáns.

• El 6 de agosto de 2015, esta Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo requirió al Ayuntamiento la subsanación de deficiencias.

• Constan nuevos informes municipales: técnico, de 19 de mayo de 2016, y jurídico, de 24 de mayo de 2016.

• El Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 7 de junio de 2016, aprobó de nuevo provisionalmente la delimitación de suelo de núcleo rural de Fustáns con las modificaciones resultantes de los informes emitidos.

II. Análisis y consideraciones.

1. El ámbito de actuación comprende una zona de 30.771,33 m2, situada en torno al núcleo de Fustáns. De esta superficie, 8.131,74 m2 corresponden a suelo que se califica como suelo de núcleo rural histórico-tradicional, y el resto, 22.639,59 m2, como suelo de núcleo rural común.

2. Se delimita el núcleo rural de Fustáns como núcleo rural complejo, conforme a lo establecido en el apartado 2 de la disposición adicional segunda de la LOUG.

3. En la delimitación se incluyen las edificaciones del núcleo situadas en el extremo oeste, en el límite del municipio. Además, se justifica la exclusión de las edificaciones ubicadas al sur de la zona delimitada al este al otro lado de la carretera OU-531.

4. En el suelo de núcleo de rural histórico-tradicional se revisaron las alineaciones reflejadas en los planos para adaptarlas a las existentes en la realidad. Además, se acotaron las alineaciones previstas que no coinciden con las existentes.

De acuerdo con el punto 2 de la disposición adicional segunda de la LOUG, y con el artículo 1 del Decreto 44/2012, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, la competencia para resolver sobre la aprobación definitiva de los expedientes de delimitación de suelo de núcleos rurales corresponde a la Secretaria General de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

III. Resolución

Visto cuanto antecede,

RESUELVO:

1. Aprobar el proyecto de delimitación de suelo de núcleo rural complejo de Fustáns, en el ayuntamiento de Gomesende.

2. Contra esta resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses que se contarán desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

3. Notifíquese al ayuntamiento y publíquese en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 6 de septiembre de 2016

María Encarnación Rivas Díaz
Secretaria general de Ordenación del Territorio y Urbanismo

ANEXO

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