Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 220 Jueves, 17 de noviembre de 2016 Pág. 51418

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Mar

ORDEN de 10 de noviembre de 2016 por la que se autoriza la transmisión inter vivos de la concesión administrativa y de la batea Santa Cristina III (Cangas C, cuadrícula 32).

Visto el expediente instruido a efectos de transmisión de la batea Santa Cristina III y de la concesión administrativa que la ampara, resulta:

a) Antecedentes de hecho.

Primero. Mediante escrito de fecha 26 de octubre de 2016, Jesús Javier Pena Lemat (78730451W) solicitó autorización para la transmisión de la concesión de la batea Santa Cristina III.

Segundo. Los informes del Servicio de Protección de los Recursos sobre las características de la batea y del Servicio Técnico-Jurídico sobre la tramitación del expediente son favorables.

b) Fundamentos jurídicos.

Primero. Este órgano es competente para resolver el expediente de conformidad con la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia, modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre, con la Resolución de 12 de abril de 2012, de delegación de firma en materia de acuicultura en los titulares de las jefaturas de Coordinación del Área del Mar de la Consellería del Medio Rural y del Mar y con la disposición adicional sexta del Decreto 129/2015, de 8 de octubre, por el que se fija la estructura orgánica de las consellerías de la Xunta de Galicia, que dispone que las delegaciones de competencias otorgadas por los distintos órganos superiores y de dirección afectados por este decreto continuarán vigentes hasta que sean expresamente revocadas o nuevamente otorgadas. Asimismo, el Decreto 168/2015, de 13 de noviembre, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consellería del Mar, dispone la creación de las jefaturas territoriales.

Segundo. El expediente siguió todos los trámites establecidos en el procedimiento administrativo común, con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia, y en la Orden de 15 de junio de 1999 por la que se regula el procedimiento para la transmisión de la titularidad de las concesiones de los viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia.

Vistas las disposiciones citadas, la propuesta de resolución elaborada por el Servicio de Recursos Marinos, el artículo 88 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), y demás normas de general y pertinente aplicación, esta consellería resuelve:

Autorizar la transmisión inter vivos en anticipo de herencia a favor de José Javier Pena Costas (78736313E), de la concesión administrativa y de la batea que se indica a continuación:

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: Santa Cristina III.

Ubicación:

Cuadrícula nº: 32.

Polígono: C.

Distrito: Cangas (Pontevedra).

Especies autorizadas:

Mejillón (mytilus galloprovincialis).

Título habilitante: concesión.

Orden de otorgamiento: 30.11.1956 (BOE núm. 9, de 1957).

Fin de la vigencia: 15.12.2019.

Actual titular: Jesús Javier Pena Lemat (78730451W).

Nuevo titular: José Javier Pena Costas (78736313E).

Bajo las siguientes condiciones:

Primera. El actual titular deberá presentar en el plazo máximo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia, original o fotocopia cotejada de la siguiente documentación:

a) Documento notarial de la transmisión o donación.

b) Solicitud o carta de pago del impuesto de transmisiones patrimoniales o documento de sucesiones.

Segunda. Transcurrido el plazo indicado en la condición primera sin haber aportado la documentación requerida, la autorización quedará sin efecto, previa comunicación por parte de la consellería.

Tercera. El nuevo titular de la concesión queda subrogado en los derechos y obligaciones del anterior, desde el momento de formalización de la compraventa en escritura pública.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrán interponer recurso de reposición ante la conselleira del Mar en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.

Vigo, 10 de noviembre de 2016

La conselleira del Mar
P.D. (Resolución de 12.4.2012)
Sonia Lorenzo Santos
Jefa territorial de Vigo