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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 223 Martes, 22 de noviembre de 2016 Pág. 52160

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 2 de noviembre de 2016 por la que se notifica la imposición de una séptima multa coercitiva, devuelta por el servicio de Correos por resultar su destinatario ausente en el reparto (expediente IU1/139/2009-G1).

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el 10 de octubre de 2016, resolución por la que se impone una séptima multa coercitiva, derivada del expediente de reposición de la legalidad urbanística IU1/139/2009 como consecuencia de incumplir lo ordenado en las resoluciones de 9.2.2012, 26.11.2012, 17.6.2013, 13.12.2013, 4.3.2015, 2.10.2015 y 13.4.2016, en la que se ordena la demolición de una modificación y ampliación con aumento de volumen de una edificación preexistente, realizadas sin autorización autonómica, en el lugar de Valcovo, en el ayuntamiento de Arteixo, por resultar incompatibles con el ordenamiento urbanístico vigente.

Al no poder realizar la notificación personal de la resolución a Pablo Carrasco González, mediante esta cédula y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica al interesado dicha resolución por medio de un anuncio en el Boletín Oficial del Estado y su fecha de publicación es la que determina la eficacia del acto notificado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica íntegramente, se comunica al interesado que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, situada en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente a la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, el interesado puede interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que produzca la notificación, ante el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, o bien, si no se ejerce su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción se sitúe el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y le sirva de notificación al citado interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 2 de noviembre de 2016

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística