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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 229 Miércoles, 30 de noviembre de 2016 Pág. 53085

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (206/2016).

María Teresa Vázquez Abades, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales 206/2016 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de María Rosario Sobrido Pando contra Limpiezas Secope, S.A., Trabajos Obras y Servicios Urbanos, S.L., Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado auto en el día de la fecha cuya parte dispositiva dice literalmente:

«Dispongo: despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante, María Rosario Sobrido Pando, frente a Limpiezas Secope, S.A., Trabajos Obras y Servicios Urbanos, S.L., Fondo de Garantía Salarial, parte ejecutada, en forma solidaria, por importe de 26.495,35 euros en concepto de principal (17.040,72 euros de indemnización + 4.605,60 euros de salarios de trámite + 4.719,72 euros de salarios adeudados + 129,31 euros de intereses del artículo 29.3 ET), más otros 2.649,53 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los tres días hábiles siguientes a su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación y deudas admisible como causa de oposición a la ejecución».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Limpiezas Secope, S.A., Trabajos Obras y Servicios Urbanos, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 8 de noviembre de 2016

La letrada de la Administración de justicia