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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 7 Miércoles, 11 de enero de 2017 Pág. 1508

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 10 de Vigo

EDICTO (456/2016).

Luis Diego Espino Hernández, letrado de la Administración de justicia del Juzgado de Primera Instancia número 10 de Vigo, hago saber que en el procedimiento ordinario 456/16-T se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo se reproducen íntegramente y que son del tenor literal siguiente:

«Sentencia.

En Vigo a dieciocho de noviembre de dos mil dieciséis.

Ana Araceli Muñoz Martin, magistrada jueza de Primera Instancia número 10 de Vigo y su partido, habiendo visto los presentes autos de procedimiento ordinario 456/2016-T seguidos ante este juzgado, entre partes, de una como demandante Recreativos Miami, S.A., con CIF A36644722, representada por la procuradora Gemma Alonso Fernández y asistida del letrado José Carlos Palmou Cibeira, y de otra como demandada Explotaciones Hosteleras Ruanova, S.L. y César Zurita Garrido, declarados en situación procesal de rebeldía, ha dictado la siguiente sentencia y

Fallo.

Estimando íntegramente la demanda interpuesta por Recreativos Miami, S.A. frente a Explotaciones Hosteleras Ruanova, S.L. y César Zurita Garrido, debo condenar y condeno a ésta a abonar en forma solidaria a la parte actora la cantidad de 10.243,18 euros más los intereses pactados del 16 % anual que se devenguen hasta el completo pago.

Se impone el pago de las costas a los demandados en forma solidaria.

Modo de impugnación: contra esta sentencia cabe recurso de apelación dentro de los veinte días siguientes a su notificación, que se interpondrá ante este órgano judicial.

Conforme a la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ, para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósito de 50 euros, salvo que el recurrente sea beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, comunidad autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Se expide el presente a fin de que sirva de notificación a Explotaciones Hosteleras Ruanova, S.L. y César Zurita Garrido, actualmente en ignorado paradero.

Vigo, 7 de diciembre de 2016

El letrado de la Administración de justicia