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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 10 Lunes, 16 de enero de 2017 Pág. 2192

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 5263/2014).

Yo, M. Socorro Bazarra Varela, letrada de la Administración de justicia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 5263/2014 de esta sección, seguido a instancia de Campus na Nube, S.L. (antes Tórculo Artes Gráficas, S.A.), Tórculo Artes Gráficas, S.A. contra el Fogasa, Randstad Empleo ETT, S.A. subrogada Laboram-antes Vedior, Unidixital, S.L., Patricia Iglesias Bermúdez, admón. concursal (Fotocopias Maxin, S.L.U.) Sra. Sierra Domínguez, Fotocopias Maxim, S.L.U., sobre despido disciplinario, la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha dictado el 13.9.2016 la siguiente resolución:

«Declarar la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el letrado Manuel Lobato Iglesias, en nombre y representación de Tórculo Artes Gráficas, S.A. y Campus na Nube, S.L. contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia el 14 de abril de 2015, en el recurso de suplicación número 5263/2014, interpuesto por Tórculo Artes Gráficas, S.L. frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela el 25 de abril de 2014, en el procedimiento número 914/2013 seguido a instancia de Patricia Iglesias Bermúdez contra Fotocopias Maxin, S.L.U. (declarada en concurso, siendo nombrada administradora concursal María Sierra Domínguez) Unidixital, S.L. Tórculo Artes Gráficas, S.A. y Campus na Nube, S.L. y Randstad Empleo ETT, S.A. y el Fogasa, sobre despido.

Se declara la firmeza de la sentencia recurrida, con imposición de las costas a la parte recurrente y pérdida del depósito constituido, dándose a la consignación efectuada el destino legal.

Contra este auto no cabe recurso alguno.

Devuélvanse los autos de instancia y el rollo de suplicación a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de procedencia con certificación de esta resolución y comunicación.

Así lo acordamos, mandamos y firmamos».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Fotocopias Maxim, S.L.U., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia (DOG).

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 21 de diciembre de 2016

La letrada de la Administración de justicia