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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 13 Jueves, 19 de enero de 2017 Pág. 2883

III. Otras disposiciones

Agencia Turismo de Galicia

EXTRACTO de la Resolución de 29 de diciembre de 2016 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones a ayuntamientos para el apoyo, promoción y difusión de las fiestas declaradas de interés turístico de Galicia, y se procede a su convocatoria para el año 2017.

BDNS (Identif.): 329074.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarios

Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Galicia en los que se celebren, durante el año 2017, fiestas declaradas de interés turístico de Galicia incluidas en el objeto de esta convocatoria.

Asimismo, podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las agrupaciones que, no teniendo personalidad jurídica, estén integradas por municipios en los que se celebren fiestas declaradas de interés turístico de Galicia y reúnan los requisitos establecidos en el párrafo anterior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Segundo. Objeto

Sufragar parcialmente las inversiones directamente vinculadas al apoyo, promoción y difusión de las fiestas declaradas de interés turístico de Galicia.

Será requisito indispensable que la fiesta tenga la declaración de interés turístico de Galicia regulada en el Decreto 4/2015, de 8 de enero, por el que se regula la declaración de fiestas de interés turístico de Galicia (DOG núm. 12, de 20 de enero).

No serán objeto de subvención las fiestas que, además de la declaración de interés turístico de Galicia, tengan la declaración de fiesta de interés turístico nacional y/o internacional según establece la Orden ITC/1763/2006, de 3 de mayo, por la que se regula la declaración de fiestas de interés turístico nacional e internacional (BOE núm. 135, de 7 de junio).

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 29 de diciembre de 2016 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones a ayuntamientos para el apoyo, promoción y difusión de las fiestas declaradas de interés turístico de Galicia, y se procede a su convocatoria para el año 2017.

Cuarto. Importe

Cuantía de 300.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria 04 A2 761A 760.1, proyecto 2017 00005, financiada con fondos propios de la Comunidad Autónoma.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Sexto. Plazo de justificación de la subvención

El plazo para la justificación de la subvención será el 30 de septiembre de 2017 o, cuando el evento subvencionado se celebre con posterioridad a esta fecha, hasta el 20 de diciembre de 2017.

Santiago de Compostela, 29 de diciembre de 2016

Mª Nava Castro Domínguez
Directora de la Agencia Turismo de Galicia