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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 14 Viernes, 20 de enero de 2017 Pág. 3302

III. Otras disposiciones

Servicio Gallego de Salud

RESOLUCIÓN de 3 de enero de 2017, de la Dirección General de Recursos Económicos, por la que se dispone la publicación del acuerdo de encomienda de la gestión material a la Gerencia de Gestión Integrada de Ferrol del expediente de contratación del suministro sucesivo de material sanitario desechable para la recogida de fluidos y muestras y material cortante y punzante con riesgo biológico para los centros sanitarios de las estructuras organizativas de gestión integrada.

La Dirección General de Recursos Económicos del Servicio Gallego de Salud y la Gerencia de Gestión Integrada de Ferrol suscribieron, con fecha 16 de diciembre de 2016, un acuerdo por el que se encomienda, a dicha gerencia, la gestión material del expediente de contratación, mediante procedimiento abierto, del suministro sucesivo de material sanitario desechable para la recogida de fluidos y muestras y material cortante y punzante con riesgo biológico para los centros sanitarios de las estructuras organizativas de gestión integrada del Servicio Gallego de Salud.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 4 del artículo 8 de la Ley 16/2000, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, se dispone su publicación como anexo a la presente resolución.

Santiago de Compostela, 3 de enero de 2017

Lourdes Vilachán Angueira
Directora general de Recursos Económicos

ANEXO

Acuerdo entre la Dirección General de Recursos Económicos y la Gerencia de Gestión Integrada de Ferrol para la encomienda a esta última de la gestión material del expediente de contratación del suministro sucesivo de material sanitario desechable para la recogida de fluidos y muestras y material cortante y punzante con riesgo biológico para los centros sanitarios de las estructuras organizativas de gestión integrada del Servicio Gallego de Salud

De una parte, Lourdes Vilachán Angueira, directora general de Recursos Económicos del Servicio Gallego de Salud.

De otra parte, Ángel Facio Villanueva, gerente de Gestión Integrada de Ferrol,

EXPONEN:

El artículo 3 de la Orden de 5 de julio de 2012, sobre delegación de competencias en órganos centrales y periféricos del Servicio Gallego de Salud, en sus puntos 1.b) y 2.b), establece las competencias de la Dirección General de Recursos Económicos para actuar como órgano de contratación y de gestión del gasto en las contrataciones centralizadas o que afecten a una pluralidad de centros del Servicio Gallego de Salud.

El artículo 13 de la Ley 14/2013, de 26 de diciembre, de racionalización del sector público autonómico, establece la posibilidad de realizar encomiendas de gestión intrasubjetivas, entre órganos integrados en la misma persona jurídica, e intersubjetivas, realizadas entre personas jurídicas distintas, para la realización de actividades de carácter material, técnico o de servicios dentro del sector público autonómico. Dichas encomiendas se regirán por lo dispuesto en los artículos 8 y 9 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia.

En el Servicio Gallego de Salud es habitual que determinadas actividades técnicas y administrativas de centralización de compras sean realizadas desde sus estructuras organizativas periféricas, de tal manera que todos los recursos humanos y técnicos destinados a la contratación administrativa participen y colaboren en estas actividades corporativas del organismo autónomo. La finalidad es no duplicar los esfuerzos de la contratación y aprovechar los recursos existentes en este ámbito.

Por lo expuesto, se encomienda a la Gerencia de Gestión Integrada de Ferrol la tramitación del expediente de contratación del suministro sucesivo de material sanitario desechable para la recogida de fluidos y muestras y material cortante y punzante con riesgo biológico para los centros sanitarios de las estructuras organizativas de gestión integrada del Servicio Gallego de Salud, suscribiendo ambas partes el presente instrumento de formalización de encomienda de gestión que se regirá por las siguientes cláusulas:

Primera. Objeto de la encomienda de gestión

La Dirección General de Recursos Económicos del Servicio Gallego de Salud y la Gerencia de Gestión Integrada de Ferrol acuerdan, en el marco de lo dispuesto en la Ley 14/2013, de 26 de diciembre, de racionalización del sector público autonómico, que la citada gerencia lleve a cabo, por razones de eficacia, la gestión material del expediente para la contratación, por el Servicio Gallego de Salud, del suministro sucesivo de material sanitario desechable para la recogida de fluidos y muestras y material cortante y punzante con riesgo biológico para los centros sanitarios de las estructuras organizativas de gestión integrada del Servicio Gallego de Salud, mediante procedimiento abierto.

Segunda. Naturaleza y alcance de la encomienda

La gestión material que se encomienda, con respecto a lo citado en el punto anterior, se concretará en las siguientes actividades, con el alcance que en cada caso se señale:

a) El inicio, impulso y tramitación del expediente de contratación en todas sus fases, así como de los contratos que se deriven del mismo desde su formalización hasta su finalización.

b) La solicitud de las autorizaciones y de los informes que establezca la normativa de contratos del sector público o la normativa presupuestaria y administrativa.

c) La recepción de las ofertas de los licitadores y de cualquier otro documento que durante la tramitación se reciba, destinado al órgano de contratación.

d) La convocatoria, preparación y realización de las mesas de contratación.

e) La propuesta y preparación material de todos aquellos actos y resoluciones que deba dictar la Dirección General de Recursos Económicos.

Tercera. Financiación

La presente encomienda de gestión no dará lugar a contraprestaciones financieras entre las partes, las cuales asumirán los costes de las actuaciones que deben realizar.

Cuarta. Plazo de vigencia

El plazo de vigencia del presente acuerdo se establece desde su firma hasta el cierre definitivo del expediente de contratación.

Quinta. Titularidad de la competencia

La encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad de las competencias en materia de contratación y presupuestaria, ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidas a la Dirección General de Recursos Económicos del Servicio Gallego de Salud.

Sexta. Actos y disposiciones

Es responsabilidad de la Dirección General de Recursos Económicos del Servicio Gallego de Salud dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de la presente encomienda de gestión.

Santiago de Compostela, 16 de diciembre de 2016

Lourdes Vilachán Angueira
Directora general de Recursos Económicos

Ángel Facio Villanueva
Gerente de Gestión Integrada de Ferrol