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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 14 Viernes, 20 de enero de 2017 Pág. 3319

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 2622/2016).

Tipo y número de recurso: recurso de suplicación 2622/2016

Juzgado de origen/autos: sanciones 62/2013. Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

Recurrente: UTE Abeconsa, S.L.-San Martín, S.A.

Abogada: Concepción Álvarez Rodil

Recurridos: Consellería de Trabajo y Bienestar, Rehabitec Castro Pereiro, S.L., admón. concursal de Rehabitec Castro Pereiro (Carlos Víctor Roas Teijeiro), José Manuel López Casais

Abogado/a: letrado de la Comunidad

Yo, María Asunción Barrio Calle, letrada de la Administración de justicia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento recurso de suplicación 2622/2016, seguido a instancia de UTE Abeconsa, S.L.-San Martín, S.A. contra la Consellería de Trabajo y Bienestar, Rehabitec Castro Pereiro, S.L., admón. concursal de Rehabitec Castro Pereiro (Carlos Víctor Roas Teijeiro), José Manuel López Casais, sobre otros derechos laborales, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallamos que, estimando el recurso de suplicación interpuesto por la representación de la UTE Abeconsa, S.L.-San Martín, S.A. contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña de refuerzo, de 28 de enero de 2016, y con revocación de su fallo, dejamos sin efecto la sanción impuesta a la que se refiere la presente resolución.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá efectuar:

– El depósito de 600 euros en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el número 1552 0000 37, seguida de cuatro dígitos correspondientes al número del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37, o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo «observaciones o concepto de la transferencia» los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 37 **** ++).

Y para que sirva de notificación en legal forma a Rehabitec Castro Pereiro, S.L., con último domicilio conocido en la calle Adelaida Muro, 22, bajo derecha, A Coruña, y actualmente en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el DOG. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 30 de diciembre de 2016

La letrada de la Administración de justicia