BDNS (Identif.): 329830.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero. Personas beneficiarias
El alumnado que curse estudios universitarios oficiales conducentes a una titulación de grado, licenciatura, diplomatura, ingeniería, arquitectura, ingeniería técnica o arquitectura técnica, en el curso académico 2016/17, en las universidades del Sistema universitario de Galicia que por causas sobrevenidas e imprevistas tenga dificultades económicas para continuar estudios.
Segundo. Objeto
Convocar en régimen de concurrencia no competitiva ayudas destinadas al alumnado del Sistema universitario de Galicia con una necesidad urgente de recursos económicos motivada por causas sobrevenidas e imprevistas ocurridas durante el actual curso académico que les impidan o dificulten la continuidad de sus estudios.
Tercero. Bases reguladoras
Se publican conjuntamente con la convocatoria.
Cuarto. Presupuesto y cuantía de las becas
El importe global previsto en la orden es de 100.000 euros.
Para determinar la cuantía de la ayuda que se le concederá a cada solicitante se tendrán en cuenta como criterios de distribución los siguientes umbrales de renta per cápita:
Umbrales de renta |
Cuantía de la ayuda |
Hasta 3.600 € |
2.500 € |
De 3.601 € a 4.100 € |
2.000 € |
De 4.101 € a 4.600 € |
1.500 € |
De 4.601 € al importe de la pensión no contributiva individual que establezca la Ley de presupuestos generales del Estado para el año 2017 |
1.250 € |
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
– Si la causa sobrevenida e imprevista aconteció con anterioridad a la publicación de esta orden, el plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la orden en el Diario Oficial de Galicia.
– Si la causa sobrevenida e imprevista acontece con posterioridad a la publicación de esta orden, el plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde que aconteció la causa sobrevenida siendo, en estos casos, la fecha límite para la presentación de las solicitudes el 31 de julio de 2017, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 3.b) de la orden.
Santiago de Compostela, 15 de diciembre de 2016
Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria