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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 18 Jueves, 26 de enero de 2017 Pág. 4022

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (801/2014).

Yo, Marta Yanguas del Valle, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de refuerzo de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 801/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de José Pérez González contra Ferr y Fer Instalaciones y Telecomunicaciones, S.L., Fondo de Garantía Salarial sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

«Sentencia

A Coruña, 2 de diciembre de 2016.

Vistos por mí, Patricia López Arranz, magistrada jueza del Juzgado de lo Social de refuerzo de A Coruña, los presentes autos de procedimiento ordinario nº 801/2014 seguidos ante este juzgado a instancia de José Pérez González, representado por María Pérez Diéguez y asistido de la letrada Isabel Noya Rey, contra Ferr y Fer Instalaciones y Telecomunicaciones, S.L. que no comparece y contra Fogasa que tampoco comparece, procedo a dictar sentencia de conformidad con los siguientes,

Fallo:

Que debo estimar y estimo la demanda presentada por José Pérez González y condeno a la empresa Ferr y Fer Instalaciones y Telecomunicaciones, S.L., a abonar al actor la cantidad de 22.619,98 euros, más el 10 % de interés moratorio aplicado sobre los conceptos salariales.

Con intervención procesal del Fogasa.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber su derecho a interponer contra la misma recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual podrán anunciar por comparecencia o por escrito ante este juzgado en el plazo de cinco días a partir de su notificación.

Dedúzcase testimonio literal de esta sentencia que quedará en estas actuaciones, con inclusión de la original en el libro de sentencias.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por la magistrada jueza que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Ferr y Fer Instalaciones y Telecomunicaciones, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 2 de diciembre de 2016

La letrada de la Administración de justicia