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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 43 Jueves, 2 de marzo de 2017 Pág. 10837

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña

EDICTO (1029/2016).

María Jesús Hernando Arenas, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de despido/cese en general 1029/2016 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Guillermo Antonio Iorio contra Abeiradaría, S.L. y el Fogasa, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuyo fallo dice:

«Que debo estimar y estimo la demanda que en materia de despido ha sido interpuesta por Guillermo Antonio Iorio contra la entidad Abeiradaría, S.L. y, en consecuencia, debo declarar y declaro improcedente el despido del que Guillermo Antonio Iorio ha sido objeto en fecha de 28 de septiembre de 2016 y debo declarar y declaro extinguida la relación laboral que unía a las partes, desde la fecha de la presente resolución (19.12.2016), al cesar en su actividad la anterior entidad, condenando a la entidad Abeiradaría, S.L. al abono de una indemnización por despido a razón de 1.136,05 € y, por salarios de tramitación, a razón de 41,424 €, desde el despido hasta la extinción de la presente laboral, sin que proceda durante el período de incapacidad temporal del demandante, que se inició el 14.9.2016, hasta el alta médica. Con la intervención procesal del Fondo de Garantía Salarial. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber su derecho a interponer contra la misma recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual podrán anunciar por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el plazo de cinco días a partir de su notificación. Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Firmado, la magistrada jueza del Juzgado de lo Social número 5, Pilar Carreira Vidal.

Y para que sirva de notificación en legal forma a la empresa Abeiradaría, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 9 de febrero de 2017

La letrada de la Administración de justicia