El director general de Movilidad, dictó la resolución de los expedientes sancionadores número DX-00209-I-2016 y cinco más por infracción de la normativa sobre transporte terrestre.
Intentada la notificación de la resolución por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en el correspondiente expediente sancionador, ésta fue devuelta por el servicio de Correos. Por este motivo y de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia. En consecuencia, mediante este anuncio se notifican las resoluciones dictados a las personas interesadas.
Se les informa que los expedientes sancionadores se encuentran a su disposición en las oficinas de la Subdirección General de Inspección del Transporte, situadas en la Plaza de Europa, 5 A, 2º en Santiago de Compostela.
Se les comunica que contra dicha resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante la persona titular de la Consellería de Infraestructuras y Vivienda, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE.
En caso de conformidad con la resolución sancionadora, el interesado deberá abonar la multa impuesta, empleando el modelo impreso que se facilitará en la Subdirección General de Inspección del Transporte.
En el caso de no presentar recurso de alzada y no pagar la sanción impuesta, se procederá a su cobro por la vía de apremio según lo previsto en la normativa vigente.
Santiago de Compostela, 10 de abril de 2017
David Conde Varela
Subdirector general de Inspección del Transporte
ANEXO
Expediente Matrícula |
Persona sancionada DNI/CIF |
Infracción cometida Fecha-hora-carretera-p.k. |
Precepto calificador |
Precepto sancionador |
Sanción impuesta |
DX-00209-I-2016 Obstrucción |
Hormigones Valdeorras, S.A. A32012528 |
La negativa u obstrucción a la actuación de los servicios de inspección que imposibiliten total o parcialmente el ejercicio de las funciones que legal o reglamentariamente tengas atribuidas. 16.5.2016; 10.05 |
Art. 140.12 LOTT |
Art. 143.1.i) LOTT |
4.001 euros |
DX-00210-I-2016 Obstrucción |
Domingo Pérez Gómez 10017078A |
La negativa u obstrucción a la actuación de los servicios de inspección que imposibiliten total o parcialmente el ejercicio de las funciones que legal o reglamentariamente tengan atribuidas. 16.5.2016; 10.19 |
Art. 140.12 LOTT |
Art. 143.1.i) LOTT |
4.001 euros |
DX-00212-I-2016 Obstrucción |
Minero-trans Galicia, S.L. B27215359 |
La negativa u obstrucción a la actuación de los servicios de inspección que imposibiliten total o parcialmente el ejercicio de las funciones que legal o reglamentariamente tengas atribuidas. 16.5.2016; 10.34 |
Art. 140.12 LOTT |
Art. 143.1.i) LOTT |
4.001 euros |
LU-00758-O-2016 5086-FCP |
Badiartrucks, S.L. B65862104 |
La carencia a bordo del vehículo de las hojas de registro de los tiempos de conducción y descanso ya utilizadas o de los documentos de impresión que resulte obligatorio llevar, con independencia del tipo de tacógrafo, analógico o digital, que se esté utilizando. 14.4.2016; 12.15; AG64; 55,9 |
Art. 140.35 LOTT |
Art. 143.1.g) LOTT |
1.001 euros |
PO-02703-O-2016 7038-CNK |
Escenarent, S.L. B36463446 |
La realización de transporte al amparo de autorizaciones de transporte privado complementario de servicios que no cumplen alguna de las condiciones del artículo 102.2 LOTT. 19.3.2016; 18.42; N640; 222,0 |
Art. 140.1 LOTT |
Art. 143.1.i) LOTT |
4.001 euros |
XC-01222-O-2016 2938-DSP |
Lorenzo Agtrans, S.L. B15936891 |
Realizar transporte público al amparo de una autorización caducada, revocada o que por cualquier otra causa hubiera perdido su validez. 4.3.2016; 17.21; AG-11; 40,0 |
Art. 140.1 LOTT |
Art. 143.1.i) LOTT |
4.001 euros |