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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 82 Viernes, 28 de abril de 2017 Pág. 21390

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela

EDICTO (43/2017).

Yo, Marina Pilar García de Evan, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales 43/2017 de este juzgado de lo social, seguidos a instancia de José Antonio Labandeira Grille contra la empresa Galicarbo, S.L., sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

Parte dispositiva:

Declaro extinguida a fecha de la presente resolución la relación laboral que unía a José Antonio Lavandeira Grille con la ejecutada Galicarbo, S.L.U. y condeno a la ejecutada a abonarle a José Antonio Lavandeira Grille la suma de 24.505,48 euros en concepto de indemnización por la extinción de la relación laboral, la suma de 13.905,70 euros en concepto de salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la presente resolución, resultando un total de 38.456,18 euros.

Notifíquese a las partes y al Fogasa la presente resolución haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de reposición en el plazo de tres días contados desde el siguiente al de su notificación.

Así lo acuerda, manda y firma, Ana María Souto González, magistrada-jueza de refuerzo del Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela.

En fecha 5.4.2017 se ha dictado auto cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

Se acuerda aclarar el contenido del auto de fecha 31 de marzo de 2017 en los términos siguientes:

La parte dispositiva del auto debe decir: declaro extinguida a fecha de la presente resolución la relación laboral que unía a José Antonio Lavandeira Grille con la ejecutada Galicarbo, S.L.U. y condeno a la ejecutada a abonarle a José Antonio Lavandeira Grille la suma de 24.505,48 euros en concepto de indemnización por la extinción de la relación laboral, la suma de 13.905,7 euros en concepto de salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la presente resolución, resultando un total de 38.411,18 euros.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Esta resolución no es susceptible de recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que puedan interponerse contra la resolución que es objeto de rectificación.

Así lo acuerda, manda y firma Ana María Souto González, magistrada-jueza de refuerzo del Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Galicarbo, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 6 de abril de 2017

La letrada de la Administración de justicia