Yo, Susana Varela Amboage, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 170/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Juan Manuel Rodríguez Lamas contra Semar Aluminio, S.L., Sistemas Especiales Metálicos para la Arquitectura, S.L. y Fogasa, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
«Sentencia 41/2017.
Santiago de Compostela, 23 de enero de 2017
Sandra María Iglesias Barral, magistrada del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, habiendo visto los presentes autos seguidos en este juzgado con el número 170/2015, siendo parte en los mismos, como demandante, Juan Manuel Rodríguez Lamas, asistido por la letrada Sra. Muíño Pose, y, como demandados, Semar Aluminio, S.L. y Sistemas Especiales Metálicos para la Arquitectura, S.L., Marcial García, S.L., Marcial García Guillín, María Abel Fernández Tarrío y María del Carmen Guillín Rey, que no comparecen pese a su citación en legal forma, al igual que el Fogasa (Fondo de Garantía Salarial), citado de oficio, ha pronunciado esta sentencia, en nombre del rey, con base en los siguientes
Fallo:
Se estima la demanda interpuesta por Juan Manuel Rodríguez Lamas frente a Semar Aluminio, S.L. y Sistemas Especiales Metálicos para la Arquitectura, S.L., Marcial García, S.L, Marcial García Guillín, María Abel Fernández Tarrío y María del Carmen Guillín Rey y, en consecuencia, se condena solidariamente a los demandados a abonar al actor la cantidad de 834,79 euros, más el interés del 10 %. Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad, en su caso, del Fogasa.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Contra esta resolución no cabe recurso de suplicación.
Así lo acuerda, manda y firma, Sandra María Iglesias Barral, magistrada del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela.
La letrada de la Administración de justicia».
Y para que sirva de notificación en legal forma a Marcial García Guillín, en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de anuncios de este juzgado.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
Santiago de Compostela, 7 de abril de 2017
La letrada de la Administración de justicia