Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 83 Martes, 2 de mayo de 2017 Pág. 21612

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (152/2016).

Susana Varela Amboage, secretaria del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hace saber que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de Rafael Berdullas Porto contra M. Fuentefría Construcciones, S.L., registrado con el número 152/2016, se ha acordado notificar la parte dispositiva del Decreto de fecha 6.4.2017, dictado en el procedimiento, a M. Fuentefría Construcciones, S.L., en ignorado paradero:

«Parte dispositiva

Acuerdo:

a) Declarar al el ejecutado M. Fuentefría Construcciones, S.L. en situación de insolvencia total por importe de 1.142,51 euros en concepto de indemnización y 12.479,28 euros en concepto de salarios de tramitación, sin perjuicio del descuento que efectúe la empresa, en su caso, la empresa del importe percibido por la parte ejecutante en concepto de prestaciones por desempleo.

Para el supuesto de no procederse al cumplimiento voluntario de la presente resolución judicial, la presente ejecución continuará, a petición de parte, como dineraria por el importe total de 13.621,79 euros y 1.362,17 euros que se presupuestan para intereses y costas de la ejecución, sin perjuicio de su ulterior liquidación.

b) Archivar las actuaciones previa anotación en el libro correspondiente, sin perjuicio de reabrir la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

c) Procédase a su inscripción en el registro correspondiente.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que, en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

La letrada de la Administración de justicia»

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación a M. Fuentefría Construcciones, S.L. en ignorado paradero se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios de éste órgano judicial.

Santiago de Compostela, 7 de abril de 2017

La secretaria judicial