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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 115 Lunes, 19 de junio de 2017 Pág. 29950

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Infraestructuras y Vivienda

ANUNCIO de 25 de mayo de 2017, del Servicio de Movilidad de Pontevedra, por el que se notifican resoluciones dictadas en los expedientes sancionadores en materia de transportes terrestres devueltas por el servicio de Correos porque, intentada la notificación, no se ha podido efectuar (expediente PO-03392-O-2016).

La persona titular del Servicio de Movilidad de la Jefatura Territorial de Pontevedra dictó la resolución del expediente sancionador PO-03392-O-2016 por infracción de la normativa sobre transporte terrestre.

Intentada la notificación de la resolución por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en el correspondiente expediente sancionador, esta fue devuelta por el servicio de Correos. Por este motivo, y de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia. En consecuencia, mediante este anuncio se notifican las resoluciones dictadas a las personas interesadas.

Se les informa de que los expedientes sancionadores se encuentran a su disposición en las oficinas del Servicio de Movilidad de la Jefatura Territorial de Pontevedra.

Se les comunica que contra dicha resolución sancionadora, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante el director general de Movilidad de la Consellería de Infraestructuras y Vivienda, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE.

En caso de conformidad con la resolución sancionadora, el interesado deberá abonar la multa impuesta empleando el modelo impreso que se facilitará en el Servicio de Movilidad de la Jefatura Territorial de Pontevedra.

En el caso de no presentar recurso de alzada y no pagar la sanción impuesta, se procederá a su cobro por la vía de apremio según lo previsto en la normativa vigente.

Pontevedra, 25 de mayo de 2017

José Jorge Martínez Fernández
Jefe del Servicio de Movilidad de Pontevedra

ANEXO

Expediente

Matrícula

Persona sancionada

DNI/CIF

Infracción cometida

Fecha-Hora-Carretera-p.k.

Precepto calificador

Precepto sancionador

Sanción impuesta

PO-03392-O-2016

PO-6558-AT

Distribución de Productos Refrigerados, S.L.

B36633345

No llevar a bordo del vehículo la documentación formal que acredite la posibilidad legal de prestar el servicio.

18.5.2016; 12.42.00; A-55; 3,0

Art. 142.8 LOTT

Art. 143.1.b) LOTT

201 euros